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Temas de historia y actualidad

Historia de Carmona

PLEITOS Y RIVALIDADES EN LAS COFRADÍAS CARMONENSES DURANTE EL ANTIGUO RÉGIMEN

 

 

1.-INTRODUCCIÓN

          Como es bien sabido, en la sociedad estamental del Antiguo Régimen, las diferencias no las establecía tanto el dinero como el linaje. Era una época en la que el prestigio de un apellido, un título nobiliar o una patente de hidalguía resultaban determinantes a la hora de ubicar a cada persona en un lugar determinado dentro de la estructura social. Cada persona, en función de su status social tenía un sitio concreto en todas las manifestaciones públicas que, por supuesto, defendían a capa y espada. Por tanto, linaje y prestigio social marcaban la diferencia entre unas personas y otras.

Pues, bien, las manifestaciones públicas de fe constituían el lugar idóneo donde hacer valer esa prestancia. Por ello, los archivos eclesiásticos y civiles están repletos de pleitos con disputas interminables por la preferencia en los desfiles procesionales. Pleitos entre los propios eclesiásticos, entre autoridades civiles y religiosas, entre distintas cofradías, e incluso, entre hermanos de un mismo instituto. Se trata de una temática que ha sido bien estudiada para el caso de Sevilla1 pero que, en lo referente a nuestra ciudad aún espera la mano de algún investigador. En este artículo pretendemos dar a conocer algunos de estos pleitos como un punto de partida para futuras y más completas investigaciones.

Efectivamente, como era de esperar, Carmona no fue una excepción en el contexto español ni en el del reino de Sevilla. En nuestra ciudad se produjeron numerosos enfrentamientos por la primacía en los desfiles públicos, especialmente en la procesión del Corpus Christi. Y podríamos preguntarnos ¿y por qué el Corpus Christi? La respuesta es obvia; históricamente era una de las fiestas religiosas más destacadas del calendario litúrgico, acaso la más importante. Se trataba de acompañar la salida procesional de nada más y nada menos que el mismísimo Cuerpo de Cristo. ¡Qué mejor sitio que el desfile del Corpus para ostentar su prestancia social! Además, no debemos olvidar que la inquisición y sus familiares estaban siempre al acecho de cualquier persona que se apartase del dogma cristiano. No había mejor salvaguarda de la peligrosa inquisición que participar en estas manifestaciones públicas de fe.

          Como es de sobra conocido, tanto en Sevilla como en Carmona las cofradías desfilaban por riguroso orden de antigüedad –tomando como rasero la aprobación de sus reglas-. Aunque eso sí, en este caso, la preferencia era a la inversa, las más antiguas querían ir e iban detrás, más cerca del Santísimo Sacramento, mientras que las más recientes se veían obligadas a desfilar delante. Las autoridades eclesiásticas debieron elaborar unas detalladas normativas para regularizar la ubicación de cada cual y evitar así estos enfrentamientos que, además de no beneficiar a nadie, no contribuían al lucimiento de la fiesta. Pues bien, los pleitos que se dieron en Carmona fueron de muy diversa índole, a saber:

En primer lugar, entre distintas hermandades por su antigüedad, lo cual no era una cuestión baladí, pues ligada a ella iba la precedencia en los desfiles públicos. Ya en 1561 hubo un pleito entre la cofradía de la Misericordia y las corporaciones ubicadas en la Prioral de Santa María. Al parecer, debido a la gran sequía hubo una procesión de rogativa a la ermita de Nuestra Señora del Real, generándose una disputa por la precedencia en dicho acto. Tras formalizarse un pleito entre ambas partes, la sentencia fue rotunda: en adelante, la cofradía de la Misericordia precedería a las cofradías ubicadas en la Prioral2. Probablemente, detrás de dicho enfrentamiento estaba la competencia entre el alto clero de la villa, perteneciente a la Universidad y la cofradía de Santa Bárbara, ambas con sede en Santa María, y una buena parte de la élite nobiliar, adscrita al instituto de la Misericordia. El siglo XVII, etapa cumbre del barroco y de la sociedad estamental, los pleitos entre los institutos proliferaron por doquier. En el caso de Carmona hay un buen número de ellos bien conocidos: poco antes de mediar el siglo XVII, concretamente en 1645, se desencadenó un largo proceso entre la cofradía del Rosario, sita en el convento de Santa Ana, y la de la Pura y Limpia Concepción que tenía su sede en el convento de monjas concepcionistas3. Muy sonado fue el enfrentamiento entre las hermandades de Jesús Nazareno y la del Dulce Nombre de María, que acabó con el traslado de esta última al templo de El Salvador4. Como es bien sabido, tras desembarcar en la nueva Parroquia adquirieron un Ecce Homo y se fusionaron con la vieja hermandad de la Esperanza. De esta forma se vieron desfilando en lugar preferente con respecto a la cofradía del Nazareno para irritación de éstos quienes decidieron ponerlo en manos de los tribunales. Tras un largo litigio, el 9 de marzo de 1657 las autoridades fallaron que los hermanos del Dulce Nombre pudiesen desfilar delante, pero siempre bajo el estandarte de la Esperanza y nunca con bandera propia5. Los hermanos de Jesús Nazareno volvieron a perder un pleito dos años después, es decir, en 1659, en el que se falló que la hermandad de la Encarnación de San Felipe les precediese6. Pero, hubo un último pleito, fallado el 21 de octubre de 1800. En esta ocasión, los cofrades del Nazareno sí guardaban un as en la manga, obteniendo una sentencia ejemplarizante muy favorable. A sabiendas de que eran los únicos en Carmona que habían formalizado su aprobación ante el Consejo de Castilla, siguiendo un decreto de Carlos III, consiguieron que este organismo fallase a favor de su precedencia en todos los desfiles públicos7. También en el siglo XVII se enzarzaron en un litis por la precedencia la hermandad de Belén, sita en el templo de Santiago, y la de la Humildad y Paciencia, con sede en San Pedro. Al parecer, los hermanos de Belén procesionaron durante algunos años delante de los de la Humildad hasta que en 1682 las autoridades determinaron la precedencia de esta última corporación8.

En segundo lugar, entre hermandades con las autoridades eclesiásticas, como el de la hermandad del Dulce Nombre de María, enfrentados no solo con los hermanos Nazarenos sino también con los presbíteros de San Bartolomé, o el de la hermandad de San José que, por diferencias irresolubles con los dominicos de Santa Ana, terminaron trasladándose al templo parroquial de San Pedro.

Y en tercer y último lugar, entre miembros de una misma corporación, con frecuencia entre los hermanos y el mayordomo por gasto indebido o apropiación. Así, por ejemplo, en 1534, la cofradía de la Asunción mantenía un pleito con su mayordomo saliente, el jurado Diego López de la Cueva, por la venta de una casa propiedad del instituto a la fábrica de Santa María para construir el templo9. Igualmente, por poner un ejemplo mucho más tardío, en 1781 la cofradía de Ánimas de San Pedro consiguió que se condenara a Bartolomé Barrera al pago de 821 reales y 11 maravedís que dejó de cobrar de las rentas de una casa, propiedad de la citada corporación. El corregidor obligó a su fiador Bernardo de Roa al abono de la cuantía10. Asimismo, dentro de la misma hermandad de Jesús Nazareno se produjeron graves disputas a finales del siglo XVII que consiguieron dirimir antes de llegar a juicio. Pues, bien, de este último caso y de algunos otros problemas entre cofrades nos ocuparemos en las líneas que vienen a continuación.

 

 

2.-PLEITO ENTRE COFRADES Y PATRONOS DEL HOSPITAL DE LA MISERCORDIA


La Duquesa de Arcos, doña Beatriz Pacheco fundó, o al menos dotó al hospital de la Misericordia. En una de las cláusulas del testamento encargó como visitadores para que supervisaran los gastos a tres autoridades eclesiásticas, a saber: los priores de los conventos de San Sebastián y Santa Ana así como el vicario de la villa11. En definitiva, a dos miembros del clero regular, un franciscano y un dominico, y a un miembro del clero secular.

        El enfrentamiento estaba servido. Los cofrades de la Misericordia se caracterizaban, primero por gozar de una gran independencia al poseer edificio propio, y segundo, por ser la mayoría de ellos miembros de la oligarquía local. Por ello, no tardaron en surgir roces y fricciones con las autoridades religiosas que ostentaban, por cláusula testamentaria, la visita y el control del hospital.

Efectivamente, en los años posteriores no tardó en aparecer la disputa porque el capital del hospital era cuantioso y los intereses muchos. En 1517 se desarrollo un pleito entre los patronos y los cofrades12. El 3 de octubre de 1517 los tres patronos, Fray Antonio de Écija, guardián del monasterio de San Sebastián ,fray Vicente de Trujillo, prior del monasterio de Santa Ana y Francisco de la Barrera, clérigo vicario, dieron poder a Fernando de Salcedo, vecino de Carmona, y a Fernando de Talavera, procurador de causas en la Chancillería de Granada para que se personaran en esta última ciudad a apelar dicho proceso. Según decían, los cofrades eran personas principales de la villa, regidores y jurados y escribanos de cabildo por lo que era imposible obtener justicia ordinaria, acudiendo por tanto directamente al tribunal superior. Ellos alegaban que tenían los poderes por disposición de doña Beatriz Pacheco que además obtuvo bila apostólica:

 

Nosotros por bula apostólica ganada por la dicha duquesa somos patronos y visitadores y tenemos facultad de proveer de capellán en el dicho hospital y de los otros oficiales que son menester para el servicio de él, tenemos asimismo facultad por la dicha bula de hacer todos y cualesquier estatutos que nos pareciere que convienen al bien del dicho hospital y visitar el dicho hospital y oficiales de él, según que todo más largamente consta por esta bula apostólica de que hacemos presentación.

 

 

Sin embargo, dicha bula fue obedecida por todos los cofrades solo los primeros años pero que, sin embargo, últimamente los cofrades no nos dejan usar libremente de la dicha facultad que tenemos, contradicen e impiden que no visitemos dicho hospital y oficiales de él y que no tomemos en cuenta a los mayordomos. Pero iban más allá en sus acusaciones, pues incluso alegaban que habían desviado fondos destinados a los pobres hacia otros fines menos claros:

 

Ítem, decimos que los dichos cofrades tienen en su poder ciento veinte fanegas de pan de unas tierras que son del dicho hospital para el proveimiento de los pobres y otros maravedís de tributos que el dicho hospital tiene de renta y tememos que los dichos cofrades gastarñán mal el dicho tributo y maravedís y los pobres del dicho hospital recibirán mucho agravio y daño, pedimos y suplicamos a vuestra alteza mande dar su provisió para el corregidor de la dicha villa de carmona, mandándole que luego apremie a los dichos cofrades que depositen en una persona abonada rtodo el pan y maravedís que tienen o tuvieren en su poder para que aquellos se gasten en lo necesario y cponveniente a los estatutos del dicho hospital y a la disposición de la dicha duquesa y vuestra Alteza mande so grandes penas a los dichoss cofrades y aa cada uno de ellos que no reciban ni cobren más maravedís ni pan ni otra cosa alguna de la renta del dicho hospital y que dejen cobrar libremente al mayordomo que mis partes como patronos que son nombraren y eligieren conforme a la dicha bula y (roto) para lo cual su real oficio implora.

              Y finalmente pedían un traslado de los numerosos cabildos que habían celebrado ante el difunto escribano Francisco Vaca, y ante Luis de Hoyos, escribano, para conocer exactamente el alcance de sus acuerdos. No sabemos mucho más del pleito porque no lo pudimos consultar con detenimiento, pues dado su lamentable estado de conservación apenas me dejaron los facultativos de la Chancillería echarle un vistazo. Sin embargo, algunas conclusiones sí que se pueden extraer: primero, las rivalidades que existían entre la oligarquía local que orgullosa de su posición rivalizaba y retaba a las dignidades religiosas. Segundo, la importancia que adquirió esta institución en Carmona que durante muchos años fue la mayor institución caritativa de Carmona. Había en juego mucho dinero y también mucho prestigio social de ahí que unos y otros quisiesen mantener el control de dicha institución. Y tercero, todo parece indicar que los religiosos, dado que tenían la ley de su lado, ganaron finalmente el pleito, conservando la Iglesia su poder sobre el hospital.


 

3.-EL ABAD MAYOR Y EL VICARIO SE ENFRENTAN (1528-1531)

 

          Recordemos que los hechos ocurrieron en Carmona hace ya cerca de cinco siglos. Como ya hemos dicho, ahora nos puede parecer baladí pero entonces significaba mucho no solo para los litigantes sino también para sus respectivas familias.

          Al parecer, Hernán Gómez de Sotomayor, abad mayor de la universidad de beneficiados de Carmona13, había obtenido una sentencia del juez eclesiástico Juan Pérez, prior del monasterio de San Hipólito de Córdoba, por el que le daba la primacía sobre el vicario en todos los actos públicos. El vicario en cuestión, cuyo nombre no se especifica en el proceso, aceptó dicho fallo y estuvo algunos años, permitiendo la precedencia del abad.

Sin embargo, tras la muerte de dicho vicario le sucedió en el cargo Hernán Caro, perteneciente a una de las familias más linajudas de Carmona. Éste se negó a aceptar dicha sentencia y apeló a la justicia civil. Sin embargo, el juez eclesiástico en un primer momento no aceptó la apelación, lo descomulgó y lo condenó asimismo al pago de cien ducados. Insistió Hernán Caro, y apeló al Emperador para que se le concediese la apelación. Por una Real Provisión, dada en Granada el 30 de enero de 1529, se le concedió la citada apelación que debía verse en el archivo de la Chancillería de Granada14. La decisión fue notificada en Córdoba al juez eclesiástico, Juan Pérez, el 8 de febrero de 1529. Unos meses después, concretamente el 26 de junio de 1529 se notificó asimismo al abad de Carmona, Hernán Gómez de Sotomayor.

          Ambos contendientes otorgaron poderes para seguir el proceso en la ciudad de la Alhambra. El vicario Hernán Caro, designó a Antón Pérez, mientras que el abad Gómez de Sotomayor, nombró a Hernando de Sanabria. El proceso se demoró, pues, todavía el 26 de julio de 1529 los oidores de Granada solicitaban el sumario instruido por el juez eclesiástico para poder dictar la sentencia. El licenciado Ortiz llevó a Granada dicho proceso el 7 de enero de 1530, procediendo los oidores a emitir su fallo.

            Desconocemos el desenlace porque el documento consultado concluye con este último dato, faltando toda la instrucción realizada en la chancillería granadina así como la sentencia final. Sin embargo, que ganase uno u otro es prácticamente indiferente, pues lo realmente importante es verificar como en esta sociedad, se sucedían largos pleitos sencillamente por la ubicación en un acto público.

          Probablemente, detrás de este duro, largo y tedioso enfrentamiento entre estas dos autoridades eclesiástica, había en realidad un problema entre sus dos familias, es decir, los Caros y los Gómez de Sotomayor. Resulta cuanto menos curioso que los litigantes pertenecieran a dos de las familias con más solera de la Carmona Bajomedieval y Moderna. Los Caros pertenecían a la élite prácticamente desde la Reconquista. De hecho, El Curioso Carmonense afirma que Ruy Méndez Caro, padre de Rodrigo Caro, era alcaide del alcázar de Abajo, y que huyó de la villa cuando Enrique II la tomó. Luego, tras la muerte de éste, fueron perdonados y regresaron a la localidad15. Pero no menos linajudos eran los Gómez de Sotomayor. Se sabe de la existencia de un tal Gonzalo Gómez de Sotomayor que fue también alcaide de los alcázares de Carmona. Su hijo Gómez Méndez de Sotomayor, fue Veinticuatro de la ciudad de Sevilla y, al igual que su padre, alcaide de Carmona. Estaba claro, pues, que cuando se enfrentaron no lo debieron hacer sólo a título individual, sino encabezando a sus respectivos linajes familiares.

 

 

4.-EL PLEITO POR EL GUIÓN DE LA COFRADÍA DE JESÚS NAZARENO


          En el seno de la hermandad de Jesús Nazareno ocurrieron, en la última década del siglo XVII, serios problemas de convivencia entre los hermanos a costa de un dichoso guión. Resulta que en torno a 1680, Alonso Gutiérrez y otros aperadores miembros de la hermandad sufragaron un guión de tela morada con mango de plata de 14 cañones, rematada con una cruz del mismo metal. Desde entonces fue costumbre que Alonso Gutiérrez y los demás aperadores sacasen la insignia en las procesiones públicas y que, a su término, se la llevase a su casa, como depositario.

          Alonso Gutiérrez tuvo tres hijos: Gaspar, Andrés y Alonso. A su muerte, el guión pasó a poder de Gaspar Gutiérrez quien lo sacó en el Corpus Christi del 5 de junio de 1692. Al finalizar el desfile hubo disturbios entre unos hermanos que lo pretendían llevar a San Bartolomé y los aperadores que lo llevaron con fuerza y violencia a casa de Gaspar Gutiérrez. Poco después, para evitar nuevos disturbios, otorgaron una escritura con la hermandad en la que ratificaron que la insignia debía permanecer en casa de Gaspar Gutiérrez, aunque éste se obligaba a acudir con ella a todos los actos públicos de la hermandad.

          Sin embargo, la escritura de concordia no frenó las disputas. Una vez fallecido Gaspar y estando enfermo Andrés, la custodia de la insignia pasó a manos del menor de los hijos de Alonso Gutiérrez, del mismo nombre que éste. Los hermanos iniciaron un largo pleito que se prolongó durante varios años. Alonso Gutiérrez El Joven pactó con la hermandad que el guión quedase en un arca de dos llaves, una en su poder y, la otra, en manos del prioste, Manuel López.

          Pero este pacto debió hacerse sin el conocimiento o al menos sin el consentimiento de todos los hermanos y aperadores porque los problemas continuaron. El caso más grave ocurrió en mayo de 1698 en el traslado de la Virgen de Gracia a su monasterio. Al parecer, por falta de lluvia se le había dedicado una novena en la Prioral de Santa María. En el traslado al cenobio se armó un disturbio y pesadumbre irreparable en toda la procesión. Probablemente, esta fue la gota que colmó el vaso. La situación estaba adquiriendo ya una violencia verbal y física considerable con gran escándalo público. Así que los aperadores decidieron pactar finalmente con la hermandad, según dijeron expresamente para evitar que la situación pasara a mayores. Se comprometieron a que la custodia y propiedad del guión pasase definitivamente a la hermandad a cambio de que ésta abonase los 450 reales que se estimaba que había gastado la familia Gutiérrez en el largo proceso con la corporación. Se solucionaba por fin un contencioso enquistado durante más de una década.

 

 

5.-CONCLUSIONES

 

          Y a modo de conclusión debemos decir que estas disputas actualmente nos parecen simples anécdotas de la sociedad de la época. Sin embargo, en su momento jugaron un papel trascendental en el reforzamiento de la estructura jerarquizada de la sociedad estamental. En aquellos tiempos, una de las peores afrentas que se podían hacer era discutirle al hidalguillo de turno o a un cargo público esa ubicación. Los desfiles religiosos no sólo eran actos de fe sino también la más genuina forma de canalización social de la época.

          Por tanto, para ellos, insisto, no resultaba en absoluto intrascendente que un Caro prevaleciera sobre un Gómez de Sotomayor o al revés. O que a una persona se le privara de su derecho a portar una insignia de alguna de las muchas corporaciones que actuaban públicamente en nuestra ciudad. Una forma de pensar y de actuar que nos puede parecer absolutamente ridícula desde nuestra perspectiva actual pero que alcanza una perfecta explicación sincrónica.

Antes de acabar estas páginas quisiera insistir nuevamente que estas pocas páginas no constituyen un estudio acabado sino un punto de partida para futuras y más completas investigaciones.

 

 

APÉNDICE DOCUMENTAL

 

APÉNDICE I


Real Provisión de Carlos V concediendo al vicario de Carmona, Hernán Pérez el derecho de apelación, Granada, 30 de enero de 1529.

 

          Don Carlos por la gracia de Dios rey de romanos… Salud y gracia sepáis que Antón Pérez, procurador en la nuestra audiencia, en nombre de Hernán Caro, clérigo presbítero, vicario de la villa de Carmona, nos hizo relación por su petición que en la nuestra corte y chancillería, ante el presidente y oidores de la nuestra audiencia que reside en la ciudad de Granada presentó diciendo que se querellaba de vos y contando el caso dijo que vos diciéndoos juez apostólico habíais discernido contra el dicho vicario su parte una carta monitoria mandándole que, en las procesiones y en la orden y lugar de ellas y en otras cosas, no se entremetiesen y dejase mandar, presidir y preceder a él, a un Hernán Gómez de Sotomayor que se dice abad de la dicha villa, diciendo haber habido sentencia y carta ejecutoria sobre ello contra otro vicario su predecesor, imponiendo sobre él penas y censuras, citándole a que se fuese a ver condenar en las penas en que había incurrido.

Y luego que había venido a noticia de su parte, había dicho de nulidad contra la dicha vuestra carta y contra la dicha ejecutoria y había apelado de todo para ante nuestro muy santo padre por la dicha sentencia haberse dado en ausencia de su predecesor y os había requerido lo revocaseis todo y que le otorgaseis la dicha apelación, no lo habíais querido hacer y lo habíais condenado en cien ducados… Nos suplicaban vos mandásemos que revocaseis y dieseis por ninguno todo lo por vos hecho y que alcéis las dichas censuras y entredicho, absolviendo a las personas que sobre ello están descomulgadas, mandando traer el proceso de dicho pleito a la dicha nuestra audiencia para que así se hiciese lo que fuese justicia. Dada en Granada, a treinta días del mes de enero, año del nacimiento de nuestro Señor Jesucristo de mil y quinientos y veinte y nueve años.

(A.Ch.G. Cabina 3ª, leg. 1584, N. 14).

 

 

APÉNDICE II

 

          Concordia entre los hermanos de la cofradía de Jesús Nazareno de Carmona, Carmona, 11 de mayo de 1698.

 

           En la villa de Carmona, en once días del mes de mayo de mil seiscientos y noventa y ocho años, ante mí el presente escribano público y de los testigos de yuso escritos, estando en la iglesia parroquial del Señor San Bartolomé de esta ciudad parecieron, de la una parte, Alonso Gutiérrez, Juan Barrera, Juan Rodríguez, Diego Mejías, Bartolomé Ruiz, Alonso Cabello, Juan Guillén, Diego García y Alonso García, aperadores algunos de ellos, vecinos de esta dicha ciudad, y de la otra, Manuel López, vecino de esta ciudad, prioste y hermano mayor de la cofradía de Jesús Nazareno, sita en dicha iglesia y otorgaron la una parte a favor de la otra y la otra en la otra y dijeron que por cuanto Alonso Gutiérrez, padre del dicho Alonso Gutiérrez, y otros aperadores antiguos con gran fervor que tuvieron y como buenos hermanos de la dicha cofradía, de sus caudales y cuidados de muchas limosnas que para ello se les dieron hicieron para el mayor adorno y decencia de la dicha cofradía un guión de tela morada bordado de hilo de oro fino con su escudo y con una basa con 14 cañones de plata, una cruz grande y cuatro pequeñas de plata con sus huecos, el cual dicho guión siempre había sido y era de los aperadores, así de los presentes como de los antiguos y que siempre lo habían tenido en su casa y acudido con él a las funciones principales de la dicha cofradía y vuéltolo a ellos sin que nadie se lo impidiese hasta de pocos años a esta parte que por descuido o negligencia de algunos aperadores que lo dejaron en la iglesia en poder del prioste de la dicha cofradía hasta el día cinco del mes de junio del año pasado de mil seiscientos y noventa y dos que habiendo los otorgantes el día del Corpus acudido a la dicha iglesia y Gaspar Gutiérrez y Andrés Gutiérrez, asimismo hermano del dicho Alonso Gutiérrez, otorgante e hijos del dicho Alonso Gutiérrez, aperador, fundador del dicho guión, lo llevaron como era costumbre en dicha procesión del Corpus, habiéndose aprobado todos los dichos otorgantes y los dichos Gaspar Gutiérrez que ya es difunto y el dicho Andrés Gutiérrez que si cierto achaque que está padeciendo está privado de los sentidos y otros aperadores que asistieron dicho día del Corpus con fuerza y violencia se llevaron dicho guión a casa del dicho Gaspar Gutiérrez.

Y vista la resolución que tenían, el prioste y algunos hermanos de la dicha cofradía no pudieron con ellos que se dejasen dicho guión en la iglesia, antes enredados de palabras estuvieron a peligro de perderse, consiguieron con los dichos otorgantes y con los dichos Gaspar Gutiérrez y Andrés Gutiérrez el que otorgasen dicho día una escritura a favor de la dicha cofradía a su prioste y hermanos de cómo recibirán el dicho guión para tenerlo en sus casas como era costumbre. Y se obligaron por ella a asistir en las funciones principales a la dicha cofradía con dicho guión y sus hachas encendidas y lo demás que se refiere en dicha escritura la cual pasó y se otorgó por ante Agustín de Santiago, mi hermano, escribano público que fue del número de esta ciudad a que todos se refieren. Y sobre lo referido se siguió cierto pleito muy costoso entre la dicha cofradía, prioste y hermanos de ella con los dichos Gaspar Gutiérrez, sus hermanos y los otorgantes pretendiendo el que dicho guión había de estar en la dicha iglesia y no en casa del dicho Gaspar Gutiérrez y demás compañeros los cuales lo defendieron.

Y habiendo habido en dicho pleito muchos gastos y sinsabores de una y otra parte se dio sentencia a favor de los dichos aperadores en que se les mandó se mantuviesen en la posesión que estaban de tener dicho guión en su casa. Y después, habiendo muerto el dicho Gaspar Gutiérrez, se traspasó el dicho guión a las casas de la morada del dicho Alonso Gutiérrez, otorgante, su hermano, quien por servirle de alguna costa e incomodidad muchas veces lo ha ofrecido a la dicha cofradía, poniéndose en dicha iglesia un arca con dos llaves donde estuviere metido, teniendo la una el dicho Alonso Gutiérrez y la otra el prioste de la dicha cofradía, la cual mis hermanos han querido venir en ello de que se ocasiona de haber habido entre los otorgantes y otros aperadores y el prioste de la dicha cofradía y otros hermanos muchas ocasiones de perderse como se experimentó hoy día de la fecha, llevando en procesión a la Virgen Santa María de Gracia nuestra patrona y abogada en procesión general de la iglesia mayor de esta ciudad donde ha estado un novenario por falta de agua a su santísima casa que entre los otorgantes y otros hermanos de la dicha cofradía se armó un disturbio y pesadumbre irreparable en toda la procesión.

            Y ahora, todos los dichos otorgantes, considerando lo referido y que esto puede pasar a mayores y más graves inconvenientes y en especial el que dicho Alonso Gutiérrez no puede asistir a las funciones que dicha cofradía tiene por vía de transacción, paz y concordia están convenidos y concertados y por la presente se convienen y conciertan en esta manera en que el dicho Alonso Gutiérrez y demás otorgantes sus compañeros quieren dar y entregar a la dicha cofradía y al dicho Manuel López, su prioste, y a los demás hermanos el guión en la misma forma que al presente está para que la dicha cofradía, su prioste y hermanos le pongan cobro desde hoy día de la fecha y lo puedan dar y entregar en las funciones públicas a cualquier hermano de la dicha cofradía para que lo lleve en la misma forma que hasta ahora lo han llevado y sacado los otorgantes y sus antecesores sin ponerles en ello ningún embarazo ni impedimento, antes han de ceder, renunciar y traspasar en la dicha cofradía, su prioste y hermanos todo el derecho y acceso que al dicho guión tienen por dicha razón con tanto que la dicha cofradía de y entregue al dicho Alonso Gutiérrez cuatrocientos y cincuenta reales en que se consideran los gastos que el susodicho y sus hermanos tuvieron en el seguimiento del dicho pleito que queda referido.

Y visto esto por el dicho Manuel López, prioste de dicha cofradía, habiéndolo participado a algunos de los hermanos y de ellos todos vinieron en que aceptase el dicho convenio y se les diese satisfacción de la dicha cantidad, entregándole el dicho guión y dándose por rota y cancelada la dicha escritura y que otorgasen recibo y carta de pago de la dicha cantidad a favor de la dicha cofradía y que también el dicho prioste la diese de haber recibido el dicho guión… Y los dichos otorgantes a quien yo el escribano doy fe conozco lo firmaron los que supieron y por los que no un testigo, siendo testigos Alonso Caro, Francisco Martín y Manuel de la Barrera.

(A.P.C., Escribanía de Roque Jacinto de Santiago 1698).

1 Véase la obra de ROMERO MENSAQUE, Carlos José: Pleitos y conflictos en las hermandades sevillana. Una aproximación histórica. Sevilla, Marsay Ediciones, 2000.

2 El Curioso Carmonense. Carmona, S&C ediciones, 1997 (Ed. de A. Lería), pág. 107.

3 Este auto, conservado en el archivo del Arzobispado, no ha sido estudiado. Citado en SÁNCHEZ HERRERO, José (Ed.): CXIX Reglas de hermandades y cofradías andaluzas. Huelva, Universidad, 2002, Pág. 161.

4 Ya el 30 de mayo de 1651 el prioste de Jesús Nazareno dio poder a Lucas Martín procurador de causas, para que representase a la hermandad en los pleitos que ésta tuviese. Algún pleito se traían entre manos y, aunque no se especifica cual, es probable que ya se hubiesen inciado las disputas con los hermanos del Dulce Nombre de María. A.P.C., Juan de Santiago 1652, foliación perdida.

5 Pleito entre las hermandades de Jesús Nazareno y la del Dulce Nombre de María. Archivo General del Arzobispado de Sevilla (en adelante AGAS), Hermandades 121.

6 Pleito entre las hermandades de Jesús Nazareno y la Encarnación, 1659. AGAS, Hermandades 123.

7 El texto de la sentencia se encuentra reproducido íntegro en MIRA CABALLOS, Esteban: “Antigüedad y privilegios de la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona (y II)”, Boletín de la hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno, Nº 7. Carmona, 1995, págs. 12-13.

8 Pleito entre la cofradía de Belén y la Humildad, 23 de julio de 1683. AGAS, Hermandades 123.

9 Archivo de la Chancillería de Granada, cabina 511, Leg. 2214, N. 22.

10 Declaración de Bernardo de Roa pidiendo que, en caso de ser revocada la sentencia por autoridad superior, la hermandad le restituya el dinero, Carmona 5 de diciembre de 1781. A.P.C. Escribanía de Diego de Piedrabuena 1781.

11 Concretamente decía así: “…encargo las conciencias cuanto puedo al prior y guardián de los monasterios de San Sebastián y Santa Ana y al vicario que ahora es o son o fueren de la dicha villa que son los visitadores a quien yo encargo que vean cada año como se gasta la dicha renta”. Testamento y el codicilo de doña Beatriz Pacheco, Duquesa de Arcos, se protocolizaron el 5 y el 6 de abril de 1511 respectivamente, ante el escribano Alonso de Baeza. Archivo de la Cofradía de la Misericordia y Caridad.

 

12 El pleito se conserva en muy mal estado en el Archivo de la Chancillería de Granada (pleitos, Leg. 2893, Pieza 1ª). Hace años tomé algunas notas sobre el original, sin embargo, en una visita realizada en el año 2009 incomprensiblemente no me permitieron ni tan siquiera su consulta en sala por lo que no pudimos ampliar los interesantes datos que allí se ofrecen sobre la historia temprana de este señero hospital.

 

13 El abad de la Universidad de Beneficiados, era algo así como su hermano mayor, que en el caso de esta hermandad recibía dicho título. La Universidad de Beneficiados de Carmona era una hermandad gremial que defendía los intereses de los eclesiásticos que ejercían su ministerio en la localidad. Sus reglas y su organización eran muy similares a las que poseían la Universidad de Beneficiados de Sevilla. Recibieron numerosos privilegios como la exención de pagar pechos y moneda forera. A cambio, acostumbraban a rezar los domingos por la salud del rey. BALLESTEROS, Antonio: Sevilla en el siglo XIII. Sevilla, Ediciones Libanó, 2001, Pág. 99.

14 Dicho documento aparece reproducido en el apéndice I.

15 El Curioso Carmonense, Ob. Cit., pág. 93. Fernández López, llega a afirmar incluso, que su presencia en Carmona era tan antigua como la población misma. Obviamente, resulta exagerado, pero es muy sintomático del prestigio que adquirió esta familia carmonense. FERNÁNDEZ LÓPEZ, Manuel: Historia de la ciudad de Carmona, desde los tiempos más remotos hasta el reinado de Carlos I. Sevilla, 1886 (reed. de1996), págs. 370-371.

LAS RELACIONES ENTRE LA HERMANDAD DE JESÚS NAZARENO DE SEVILLA Y SUS FILIALES

Esteban Mira Caballos

                                                                                                                                                      

 

La existencia y el conocimiento de las relaciones de confraternidad y filiación entre hermandades bien merece un estudio en profundidad que contemple su diversidad y las diferencias sustanciales entre las distintas clases de vínculos. De este modo, es fácil discernir que las relaciones de filiación entre las hermandades de Jesús Nazareno de la diócesis de Sevilla respecto de la del Silencio son completamente diferentes, por ejemplo, a las que existen entre las hermandades del Rocío de los distintos lugares de España y la matriz de Almonte, y del mismo modo no guardan relación con los vínculos de confraternidad de las hermandades de la Vera Cruz, que traen su común origen en la difusión de esta devoción por las comunidades franciscanas. Las líneas que siguen no pretenden ser sino una aproximación al estudio de las primeras a través de un caso paradigmático, el de la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona.

Realmente la hermandad de Jesús Nazareno de Sevilla, conocida popularmente como "El Silencio", es la única corporación de penitencia de Sevilla que tiene, desde su fundación en el siglo XVI, auténticas filiales en todo el arzobispado de Sevilla.

No en vano es sabido que todas las hermandades que surgieron en el último tercio del siglo XVI y principios de la siguiente centuria lo hicieron con reglas similares a las aprobadas por la hermandad sevillana en 1578. Una de las primeras sería la Hermandad de Jesús Nazareno de Utrera cuyas reglas, prácticamente copiadas de las del Silencio de Sevilla, fueron aprobadas por el provisor del arzobispado de Sevilla, don Iñigo de Leziñana, el 31 de mayo de 15861. Tras ella aprobarían sus reglas los institutos de Ecija, Lebrija, Marchena, Sanlúcar La Mayor y cómo no Carmona, cuyas reglas fueron refrendadas en 15972.

Tras el Breve del Papa León XII expedido en 16 de julio de 1824 por el que se hacía a la cofradía sevillana Archicofradía se establecieron filiaciones con casi todas las hermandades de Jesús Nazareno de la provincia de Sevilla. Concretamente conocemos las filiaciones en estos años de las hermandades homónimas de Marchena (1824), Fuentes de Andalucía (1824), Alcalá de Guadaíra (1834), Constantina (1979), teniendo referencias más imprecisas de la adscripción de otras corporaciones como las de Arahal, Las Cabezas de San Juan, Pedrera o La Puebla de Cazalla. Por tanto, lo que queda bien claro tras este breve recorrido es que el hermanamiento histórico entre las hermandades de Carmona y Sevilla no es desde luego algo excepcional. Por supuesto ni fue la única filiación ni tan siquiera la primera. Lo que sí hace de la hermandad carmonense una excepción es que es la única de todas las fundadas en el siglo XVI -incluida la propia cofradía matriz- que ha conservado su archivo casi intacto, conservando, por tanto, algunas pruebas documentales de dicha relación a lo largo de sus cuatro siglos de existencia.

 

1.-LAS FUNDACION EN 1597 Y LAS RELACIONES DURANTE EL S. XVII

 

La vinculación entre la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona y su homónima de Sevilla, conocida popularmente como "El Silencio", se remonta a los tiempos de su fundación, a juzgar por el mimetismo que siempre intentó seguir con respecto a su matriz sevillana.

Así, la hermandad el 3 de julio de 1597 aprobó, ante el provisor Luis de Melgarejo, unas reglas que resultan ser casi idénticas a las redactadas por Mateo Alemán para la homónima cofradía sevillana. Incluso actualmente se baraja la posibilidad de que la cofradía carmonense se fundase unas décadas antes en el hospital de San Antonio Abad, situado en la ermita de Nuestra Señora del Real de Carmona, lo cual supondría un paralelismo más con la sevillana que, como es bien sabido, se estableció desde 1582 en el monasterio del mismo nombre de Sevilla3.

A principios del siglo XVII ambas corporaciones debieron suscribir un documento que regulaba de forma legal sus intensas relaciones. Así, cuando en 1816 se renovó la unión entre ambos institutos el cabildo de la hermandad carmonense afirmó lo siguiente:

 

Han corrido más de dos siglos desde que estos dos cuerpos suscribieron esta unión que tan útil fue para el fomento de la piedad y porque el tiempo todo lo consume me ha parecido estaría bien renovar estos primitivos derechos en los términos indicados...4

 

El texto es sumamente indicativo pues demuestra claramente que la vinculación no sólo era afectiva sino que existía, como ya hemos afirmado, un documento o capitulación refrendada por ambas partes. Por desgracia en la hermandad de Jesús Nazareno no se ha conservado el documento de principios del XVII aunque sí el del siglo XIX. No obstante, su contenido debió ser similar al que muestra el documento decimonónico que, como bien se especifica, no hizo más que revitalizar unos vínculos ya existentes. Con respecto a su fecha sabemos, por una referencia copiada por don Antonio Martín de la Torre y custodiada en el Archivo de la archicofradía sevillana, que debió ser en 16045. Al parecer en este año se personaron en Sevilla el licenciado Lucas Martín, presbítero, Gregorio Pacheco y Domingo López de Albareda, vecinos todos ellos de Carmona, para firmar el susodicho documento. En él se acordó regirse por las mismas reglas, utilizar la misma advocación de "Jesús Nazareno, Santa Cruz en Jerusalén...", usar la misma insignia y procesionar de la misma forma con túnicas moradas y capirotes bajos6.

Evidentemente después de esta filiación cuando la hermandad hispalense quiso difundir el Misterio de la Concepción Inmaculada de María lo primero que hizo fue dirigirse a los hermanos de la cofradía carmonense. Así, en 1617 se personó en Carmona el hermano mayor de la cofradía de la capital hispalense, Tomás Pérez, en compañía de un joven predicador, "para organizar cultos y transmitir a los cofrades de esta villa sus firmes sentimientos marianos en defensa del Misterio de la Concepción sin mancha de la Madre de Dios"7. La devoción fue muy bien aceptada por la corporación carmonense que, no en vano, en el retablo mayor que contrató el 8 de octubre de 1625 especificó que en el segundo cuerpo de la calle principal, justo encima de la imagen de su titular, fuese una hornacina con la imagen de la Inmaculada Concepción8.

Del éxito de esta advocación en las hermandades filiales daba buena cuenta el propio Tomás Pérez en una carta escrita poco después a fray Francisco de la Prusa y de la Mota, Comendador Mayor de la Orden de San Antonio Abad, y que decía como sigue:

 

Pero tiene para esta Santa Hermandad un verdadero aprecio nuestras hijas las de Alcalá

de Guadaíra y Carmona a donde me trasladé con el nuevo predicador quedando todos los fieles que en los templos llenos había admirados de la palabra del joven religioso la facilidad con que pintaba los pasajes del Misterio y cómo interpretó nuestro sentir de los cabildos llegando muchas devotas y hombres fuertes a llorar pues el orador es joven y se arrebata en la predicación y convencen al más incrédulo...9

 

Como ha escrito Eduardo Ybarra, la adhesión a esta advocación fue tan firme que desde entonces hasta nuestros días la cofradía carmonense ha venido "dando testimonio a través de los siglos de su fidelidad a sus orígenes devocionales a Jesús Nazareno y a la Virgen Inmaculada"10.

 

2.-LAS RELACIONES EN EL SIGLO DE LAS LUCES

 

En el siglo XVIII las relaciones entre ambas corporaciones continuaron siendo notables a juzgar por las referencias documentales que han llegado a nuestros días. En este periodo los contactos entre ambas corporaciones fueron muy frecuentes, como lo demuestran las cartas enviadas por el hermano mayor de la archicofradía sevillana al correspondiente de Carmona, don Bartolomé de Mesa Ginete. Concretamente, en el archivo de la hermandad carmonense se conservan tres cartas fechadas entre 1761 y 1764, dos de ellas de puño y letra de Antonio de Mena Fariñas, y una tercera de José de Morales, en que se dan respuestas a interrogantes planteadas en otras misivas de su filial. En todos estos documentos se menciona a la hermandad carmonense con el cariñoso apelativo de "amada hija".

En ellas se intercambian todo tipo de confidencias, algunas de ellas muy curiosas. Así, por ejemplo, Alonso de Mena informó que la rica arca de los principales que, según los hermanos de Carmona, poseía la corporación sevillana, no era más que un pequeño cofre donde se depositaban las limosnas de los cofrades, que eran lo suficientemente abundantes como para hacer todos los años la estación de penitencia y las demás fiestas de la corporación11. También se preguntaban frecuentemente por cuestiones relacionadas con la competencia de algunos cargos como el mayordomo y el prioste que no en pocas ocasiones debieron tener pequeñas disputas. Concretamente en la ya mencionada carta del 22 de julio de 1764 la corporación sevillana afirmaba lo siguiente:

 

Las llaves del almacén están a cargo del mayordomo porque recibe por inventario todos los bienes de la hermandad pero lo regular es usarlas el prioste que corre con el aseo y culto de la capilla...12

 

Unos meses después, en una carta dirigida por don José de Morales a don Bartolomé de Mesa Ginete, se describía el orden de la procesión sevillana de Semana Santa así como las calles por las que discurrió. Asimismo se hace referencia a la reforma que habían introducido en su regla para adaptar la que tenían desde hacía 196 años13.

Igualmente, con motivo de la renovación del voto Inmaculista de la hermandad sevillana, se remitió a la hermandad de Carmona -a la que nuevamente se cita con el cariñoso apelativo de "su amada hija"- una carta junto a 18 ejemplares impresos de las funciones que con este motivo "había hecho la Ilustrísima hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno de la ciudad de Sevilla". La carta estaba firmada en Sevilla, el 14 de marzo de 1762, por Alonso de Mena Fariñas e iba dirigida a los señores hermano mayor y oficiales de la corporación carmonense. En ella se pedían disculpas por el envío de tan corto número de ejemplares pues, "aunque la impresión fue muy copiosa, ha sido mayor el deseo de las gentes de esta basta población y de la corte para consumirla..."14. Tan sólo siete días después daba cuenta la hermandad en cabildo celebrado ante escribano público de la recepción de la carta y de los mencionados 18 ejemplares15.

Pero, es más, unas décadas después y concretamente en 1785, cuando la cofradía sevillana aprobó sus nuevas reglas, la corporación carmonense solicitó una copia de sus nuevos estatutos, sin duda, con vistas a utilizarlos nuevamente como modelo antes de redactar los suyos propios16. En el Archivo de la archicofradía sevillana encontramos una referencia a esta petición, pues el 3 de julio de 1785, se presentó en el cabildo una carta de la cofradía carmonense, fechada el 4 de abril del mismo año, en que pedían "como hija que es de ésta... una copia auténtica de los estatutos que esta hermandad tiene..."17. Prosigue la carta que habiendo sido estudiada tal petición en cabildo se acordó concederla de conformidad.

 

 

3.-LAS RELACIONES EN LA EDAD CONTEMPORANEA

En los siglos XIX y XX se ha producido un resurgir del vínculo entre la archicofradía de la capital hispalense y sus filiales de la que, por supuesto, no ha estado ajena la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona. Para empezar mencionaremos un cabildo celebrado por la corporación carmonense el 3 de junio de 1816 en el cual se renovaron los vínculos entre ambas cofradías, que al parecer "se habían enfriado" en alguna medida con el paso del tiempo. En este cabildo se acordó solicitar a la cofradía sevillana lo siguiente, a saber:

Primero, que a todos los miembros de "esta ilustre hermandad se nos considere como miembros de aquella". Segundo, se preste el libro de sus "pruebas y celos piadosos". Tercero, que se deje el reglamento de su procesión de penitencia. Cuarto, que se envíe por medio de correspondencia todos los acuerdos importantes que tomasen para poder además participar en las fiestas y solemnidades que celebren. Y quinto y último, que rueguen a sus hermanos que se "alisten" también en la cofradía carmonense de forma que los hermanos de la hermandad matriz lo sean de la filial carmonense y viceversa18.

Se trata, sin duda, de un documento de gran importancia que vuelve a incidir en la existencia de auténticas hermandades filiales antes de la concesión del título de Archicofradía a la corporación hispalense. Es más, podemos decir que cuando el Papa León XII concedió el título de Archicofradía, además del de Primitiva y Pontificia, con facultad para agregar hermandades de la misma advocación, esto era ya una realidad consumada desde la propia centuria decimosexta. Por tanto, el breve papal no hizo otra cosa que legalizar un hecho consumado. En cualquier caso, gracias al breve concedido por León XII el 16 de julio de 1824 la corporación carmonense goza de las mismas prerrogativas y gracias que la archicofradía sevillana19.

En las últimas décadas las relaciones entre estas dos corporaciones han sido -si cabe- más intensas. Para empezar, las nuevas reglas de la archicofradía sevillana -aprobadas el 8 de diciembre de 1972- fueron solicitadas por la filial carmonense para tomarlas como modelo a la hora de redactar las suyas propias. Efectivamente, en el Archivo de la archicofradía sevillana se conserva una carta firmada por el secretario de la cofradía carmonense, y fechada curiosamente el mismo día en que fueron aprobadas -el 8 de diciembre de 1972-, para que remitiesen las reglas a fin de elaborar los nuevos estatutos de la hermandad filial20. Se trata realmente de una constante en la historia de la corporación carmonense, es decir, el copiar fielmente las reglas de su hermandad matriz para de esta forma seguir más lealmente sus directrices.

Pero, es más, en esta década de los setenta las relaciones llegaron hasta tal punto que se acordó el envío de representaciones de ambas corporaciones para desfilar en sus respectivas procesiones. La iniciativa partió de la filial carmonense que en un cabildo celebrado el 1 de marzo de 1970 acordó "por unanimidad y entusiasmo invitar a nuestra hermandad matriz, la cofradía de Nazarenos de Sevilla", a que enviasen una representación para procesionar en Carmona el Viernes Santo21. El instituto sevillano respondió con una carta, firmada en Sevilla el 21 de marzo de 1970, en la que daba cuenta del acuerdo que se había tomado en cabildo. Concretamente se "acordó aceptar y ratificar la invitación" que había hecho el hermano mayor del instituto hispalense para que seis hermanos "vestidos de sus túnicas propias" con varas y una insignia acudiesen a hacer estación de penitencia a Sevilla "ocupando sitio de honor en el cortejo procesional". Asimismo se comprometían a enviar idéntica representación a la ciudad de Carmona para desfilar junto a su filial22.

Efectivamente los seis cofrades carmonenses se desplazaron hasta Sevilla para procesionar en la madrugada del Jueves Santo junto a la hermandad matriz, sin embargo, las lluvias hicieron que la cofradía no procesionase ese año. Asimismo, la hermandad sevillana pidió disculpas, en una carta fechada el 19 de marzo de 1970, por no haber enviado su representación, al estar lloviendo en las horas inmediatas a la marcha de los nazarenos a la ciudad de Carmona23. Pese al mal tiempo la hermandad carmonense sí realizó su estación de penitencia el Viernes Santo de 1970.

En las reglas de la archicofradía sevillana, aprobadas el 8 de diciembre de 1972, se introdujo una regla, concretamente la número 17, en la que se legalizaba la posibilidad de que las hermandades filiales pudiesen enviar un máximo de cinco hermanos con varas y su estandarte a procesionar la madrugada del Jueves Santo con la cofradía matriz. Curiosamente el número de seis acordado en 1970 con la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona se vio razonablemente reducido a cinco.

En los años siguientes no hay constancia de que los cofrades de ambas enviasen representaciones a sus respectivas procesiones. Tan sólo sabemos que en 1984 sí acudió una representación de cinco hermanos de Carmona que efectivamente desfiló, con su bandera morada, el Jueves Santo, justo delante del estandarte de la hermandad sevillana.

Para finalizar con este breve estudio de las relaciones entre la hermandad de Nazarenos de Sevilla y su filial carmonense citaremos una carta firmada por el secretario de la archicofradía sevillana, Manuel Palomino González y fechada el 22 de noviembre de 1986. En ella se manifiesta la adhesión de la hermandad sevillana a la Coronación Canónica de la Virgen de Gracia, Patrona de Carmona, donde -cito textualmente- "radica nuestra PRIMERA hermandad filial"24. Sin duda, el reconocimiento de la hermandad carmonense como primera filial creemos que está más que justificado, pues, si bien es probable que no fuese la primera filial físicamente hablando, sí que ha sido, desde luego, la que más intensas y permanentes relaciones ha tenido con su matriz, la archicofradía de Nazarenos de Sevilla.

1    CABRERA RODRIGUEZ, Antonio y otros: Jesús Nazareno de Utrera. Utrera, Diputación Provincial de Sevilla, 1997, p. 30. También en V.V.A.A.: Los Nazarenos de Sevilla, T. III. Sevilla, Ediciones Tartessos, 1997, pp. 295 y 298.

2    Estas se conservan tanto en el Archivo del Arzobispado de Sevilla como en el Archivo de la propia corporación. A.H.J.N.C., Leg. 1. Actualmente existe un proyecto de la hermandad para publicarlas.

3    MIRA CABALLOS, Esteban: "La fundación de la hermandad de Jesús Nazareno a la luz de un nuevo documento histórico", Boletín de la Hermandad de Jesús Nazareno de Carmona, Nº 11. Carmona, 1997, pp. 12-18.

4    Cabildo de la hermandad de Jesús Nazareno, Carmona, 3 de junio de 1816. Archivo de la Hermandad de Jesús Nazareno de Carmona (en adelante A.H.J.N.C.), Lib. 2.

5    Copia de D. Antonio Martín de la Torre de una antigua carta de filiación de 1604. Archivo de la hermandad de Jesús Nazareno de Sevilla (En adelante A.H.J.N.S.), leg. 29. Citado también en MARTIN MACIAS, Antonio: Francisco de Ocampo, maestro escultor (1579-1639). Sevilla, 1983, p. 115.

6    IBIDEM.

7    GARCIA DE LA CONCHA DELGADO, Federico: "Imágenes titulares de las hermandades de Jesús Nazareno de los Alcores (Sevilla)", Actas del Congreso Internacional Cristóbal de Santa Catalina y las cofradías de Jesús Nazareno, T. II. Córdoba, 1991, p. 717. A este respecto puede verse también DELGADO ROIG, Juan: La tradición concepcionista de la Cofradía Primitiva de Nazarenos del Silencio. Sevilla, 1962, pp. 11-12.

8    En el mismo concierto se obligó Fernando de Luque a "dar un cuadro de pintura que sea a la medida de esta caja, que sea de la Limpia Concepción de Nuestra Señora que se pueda quitar y poner...". Véase: Documentos inéditos para la historia del arte en la provincia de Sevilla (S. XVI al XVIII). Sevilla, Artes Gráficas Gandolfo, 1993, p. 104.

9    Carta de Tomás Pérez a fray Francisco de la Prusa y de la Mota, S/F. A.H.J.N.S., Leg. 3, Carp. 3.

10    YBARRA HIDALGO, Eduardo: Los Nazarenos y la Inmaculada", Boletín de la Hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno, Nº 8. Carmona, 1995, pp. 30-31.

11    Textualmente decía así: "Sobre las preguntas que V.M. me hace debo decir que acá no hay más arca de principales que la piedad de los devotos cofrades, arca que se abre con la llave maestra de la Cruz, pero tan abundante que jamás se ha dejado de hacer nuestra estación de Semana Santa si no es por impedirlo algún temporal, ni las demás fiestas anuales; erigimos una gran capilla que se halla ricamente adornada y estofada; tenemos todas las insignias, urnas de las imágenes y nuevas alhajas de plata y cuando lo pide la ocasión como ahora encontramos entre nosotros mismos para hacer una función que pasa de 10.000 reales". Carta de Alonso de Mena Fariñas a Bartolomé de Mesa Ginete, Sevilla, 22 de julio de 1764. A.H.J.N.C., Leg. 26.

12    IBIDEM.

13    Carta de don José de Morales a Bartolomé de Mesa Ginete, Sevilla, 10 de diciembre de 1764. A.H.J.N.C., Leg. 26.

14    Carta de Alonso de Mena Fariñas al hermano mayor y oficiales de la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona, Sevilla, 14 de marzo de 1762. A.H.J.N.C., Leg. 26.

15    Cabildo de la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona, 21 de marzo de 1762. Archivo de Protocolos de Carmona, Escribanía de Agustín López, 1762, ff. 114-115v.

16    GARCIA DE LA CONCHA: Ob. Cit., T. II, p. 717.

17    Cabildo del 3 de julio de 1785. A.H.J.N.S., Libro de Acuerdos Nº 2 (1784-1801).

18    Cabildo del 3 de junio de 1816. A.H.J.N.C., Lib. 2.

19    Así consta en la introducción a las reglas de la hermandad carmonense aprobadas el 26 de enero de 1986.

20    Carta del secretario de la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona, Antonio Ordóñez Ruiz, a la hermandad de Jesús Nazareno de Sevilla, Carmona, 8 de diciembre de 1971. A.H.J.N.S., Libro de actas 5.

21    Cabildo de oficiales del 1 de marzo de 1970. A.H.J.N.C., Libro 6, p. 466.

22    Carta de Antonio Martín, secretario de la hermandad del Silencio de Sevilla a la hermandad de Jesús Nazareno de Carmona, Sevilla, 21 de marzo de 1970. A.H.J.N.C., Libro 6, pp. 470-472.

23    Carta del secretario de la archicofradía sevillana, Antonio Martín, a la cofradía de Nazarenos de Carmona, Sevilla, 29 de marzo de 1970. A.H.J.N.C., Libro de actas Nº 6, pp. 472 y ss.

24    "Peticiones que constan en el expediente de la Coronación Canónica de la Santísima Virgen de Gracia", en Carmona y su Virgen de Gracia. Carmona, 1989, s/f.

ACTITUDES Y USOS IMPÍOS EN LA SEMANA SANTA DE LA CARMONA DEL SIGLO XVIII

 

   Por Esteban Mira Caballos

 

1.-INTRODUCCIÓN

El período comprendido entre 1750 y 1874 es denominado por los historiadores como "el siglo de la crisis", pues se pretendió, al menos en teoría, frenar los excesos y la ostentación de las denominadas "cofradías barrocas" (Sánchez Herrero, 1988: 55). Desde mediados del siglo XVIII se produjo una renovación profunda de la vieja España, que abarcó todos los órdenes de la vida política, social, económica y cultural.

Estas medias, impulsadas a fin de cuentas por los ilustrados, pretendieron ser populares, sin embargo, para su sorpresa, tuvieron el efecto contrario, pues, se ganaron la enemistad del pueblo, enquistándose la problemática desde el famoso Motín de Esquilache.

Pero con el apoyo popular o sin él, lo cierto es que la política de reforma de las hermandades, cofradías y demás congregaciones se inició con gran fuerza desde 1768. Concretamente, en este año se dispuso que todas las cofradías se recogiesen en sus templos antes de la caída de la noche (Sánchez Herrero 1999: 48). Aunque la medida pudiera parecernos hoy poco relevante lo cierto es que provocó, por un lado, un gran revuelo, y por el otro, una notable resistencia a su cumplimiento. No olvidemos, que los rosarios y las procesiones nocturnas estaban muy arraigados en la costumbre de la época. Tanto que, pese a la prohibición, se continuaron celebrando, ante la lógica permisividad de las autoridades locales. No obstante, algunas cofradías como las dedicadas a la Veracruz se resintieron mucho por esta disposición.

El 21 de agosto de 1770 se expidió una Real Orden por la que se disponía que, cada vez que se programase alguna rogativa pública, se pidiese licencia a las autoridades civiles. La Orden del Consejo fue remitida a todas las ciudades y villas del Reino y decía textualmente así:

 

"Ha resuelto el Consejo que, cuando los cabildos eclesiásticos, considerando que pueden convenir sus preces a la Divina Misericordia, por alguna calamidad que amenace, será muy propio de su estado practicar las secretas y acostumbradas de colectas, y avisar de sus piadosos ruegos al magistrado y ayuntamientos seculares para su noticia y aprecio. Pero para rogativas más solemnes, aunque sean interiores, pertenecerá al gobierno secular el solicitarlas y será correspondiente al Estado eclesiástico concurrir con ellos a tan devoto fin. Y en caso que llegasen a ser procesionales por el pueblo (que también será de cargo del gobierno secular el procurarlas) se suspenderán las diversiones públicas por los días que se hiciesen. Que si los cabildos concibiesen que en el gobierno secular pudiese haber alguna confianza menos urgente, que ellos la consideren, podrán insinuárselo pero no pasar a la práctica de solemnidades sin que medie la solicitud secular".

 

Nuevamente, el 20 de febrero de 1777 se tomaron determinadas medidas orientadas a velar por el adecuado comportamiento de los nazarenos durante los cortejos procesionales, suprimiéndose los disciplinantes. Poco después, y concretamente en 1780, se propuso solemnizar la fiesta del Corpus Christi, suprimiendo la tradicional tarasca, los cabezudos y otros elementos del Corpus tradicional, que lo dotaban sin duda de un aire muy folclorista. Y finalmente, en 1783, se dispuso la desaparición de todas las corporaciones que no tuviesen algún tipo de aprobación eclesiástica o civil (Rumeu de Armas 1944: 387-413). Desde entonces muchas cofradías fueron languideciendo hasta su desaparición total, como ocurrió en Santander, donde las decenas de cofradías que había quedaron reducidas a una Sacramental, intitulada "la Milicia Cristiana de Cristo Jesús" (Mantecón 1990: 190).

Posteriormente, y más exactamente entre 1798 y 1808, se utilizó el valioso censo de Aranda para desamortizar los bienes raíces de las cofradías, invirtiéndolos en la Real Caja de Amortización de la deuda pública, a cambio de un tres por ciento de interés anual. Y finalmente, la Guerra de la Independencia hizo el resto, pues, supuso el saqueo de los enseres de las corporaciones así como el robo de los ajuares de las más veneradas imágenes. A mediados del siglo XIX, una vez transcurrido el llamado siglo de la Crisis, el número de corporaciones religiosas había descendido de forma notable (Andrés-Gallego 1988: 69-75).

 

2.-EL CASO DE CARMONA

En este panorama, donde los ilustrados cada vez mostraban una actitud más crítica con todos los actos impíos que rodeaban a las cofradías y en especial a sus desfiles públicos, Carmona no fue una excepción.

En el Archivo Municipal de Carmona se conservan algunas Reales Provisiones remitidas a la localidad y también diversos autos de los corregidores, estableciendo una serie de normas básicas a cumplir durante la Semana Santa. En casi todos esos documentos se insiste básicamente en que se cierren los establecimientos de venta de dulces y bebidas en horas determinadas, que los nazarenos fuesen a ser posible con el rostro descubierto y que los cortejos se recogiesen antes del anochecer.

A continuación, y sin afán de hacer una relación completa y descriptiva de estas disposiciones, nos detendremos en algunas de ellas, las que a nuestro juicio nos han parecido más interesantes o representativas. La primera de ellas, conservada en el Archivo Municipal, legajo 1061, tiene fecha del 21 de marzo de 1750 y está firmada por el corregidor de Carmona, don Agustín de Uribe y Salazar. Su objetivo, como ya hemos afirmado, era fijar algunas directrices esenciales para el desarrollo de los cortejos procesionales en la Semana Santa de ese año. En ese sentido, las normas eran muy claras y muy sintomáticas de las situaciones “poco devotas” que ocasionalmente se vivían en los desfiles de la época: primero, se prohibía la venta de “garbanzos tostados, alegrías, barquillos ni otras cosas semejantes, ni por la mañana ni por la tarde”. Segundo, se pedía encarecidamente que en los días de fiesta y especialmente en las horas en las que transcurriesen las procesiones no se abriesen las tiendas de fruta, las confiterías, los bodegones y las pastelerías, “so pena de cuatro ducados y quince días de cárcel”.

El hecho de que estos autos se reiteren, casi de forma rutinaria, en los años sucesivos indica que no debieron mejorar mucho las cosas. Concretamente, existen autos parecidos de los corregidores don Pedro León García, fechado el 29 de mayo de 1774, de don Bernardo Antonio, del 17 de marzo de 1788 y de don Juan José Trigueros, con data del 19 de marzo de 1799 (García Rodríguez 1983: 34).

Este último documento, conservado también en el legajo 1061 del Archivo Municipal, refleja una serie detalladísima de normas, expedidas por el corregidor. Y como la idea era darles la máxima difusión posible se dispuso que el pregonero del Concejo, Juan Moreno, las vocease en tres lugares públicos, a saber: la plaza Mayor, la Puerta de Sevilla y el Angostillo. Es probable que además el corregidor tomase otra precaución más, es decir, la de citar a los priostes y mayordomos de las cofradías para hacerles saber personalmente el contenido del citado auto.

Las normas eran sumamente explícitas y nos llaman enormemente la atención por la actualidad de algunas de las situaciones descritas que se intentan prohibir o limitar. Volviendo al contenido del documento debemos decir que las normas fueron cinco, a saber:

Primero, que las hermandades saliesen todas ellas “los días y (a) las horas estipuladas”. Obviamente, esta norma se sigue repitiendo cada año, sobre todo en lo concerniente a la puntualidad en la recogida.

Segundo, que desfilasen con la mayor corrección posible y, por supuesto, sin portar “alimentos ni bebidas”. Se trata de otra cuestión recurrente en nuestra Semana Santa y que todavía hoy se recuerda con asiduidad a los hermanos nazarenos. Es más, yo creo que es casi una estampa típica de la Semana Santa sevillana y por supuesto de la carmonense, el nazareno –casi siempre de corta edad, claro está- reponiendo fuerzas en pleno desfile con un bocadillo o repartiendo caramelos entre otros chavales asistentes al acto.

Tercero, que “las tabernas y las tiendas se cierren durante los oficios, Jueves y Viernes santo, de ocho de la mañana a once y de una de la tarde a ocho de la noche”. Nadie oculta que todavía hoy los bares y los restaurantes hacen su particular agosto en los días grandes de la Semana Santa.

Cuarto, que “durante el tiempo de las procesiones no se vendan garbanzos y fruta por la calle so pena de cuatro ducados y ocho días de cárcel”. Y nuevamente, todos recordamos delante de la cruz de guía a vendedores de barquillos o del “palodul” tan tradicional en Carmona.

Y quinto, y último, “que ni en la ciudad ni en el entorno se tiren tiros con escopetas”.

En definitiva, estas eran las pautas básicas dictadas por el corregidor de Carmona, similares a las emitidas en otras ciudades y villas españolas. Conste que, en nuestra opinión, no creemos que estos comportamientos poco piadosos estuviesen generalizados, sobre todo en el siglo XVIII. Había actos poco correctos, teniendo en cuenta que se estaba escenificando en la calle la Pasión de Cristo, pero esos mismos actos ocurren en nuestros días y eso no significa que la Semana Santa no sea ante todo un bello acto de fe.

De todas formas, para mí lo más interesante de estas líneas es que se pone de relieve una vez más la pervivencia en el tiempo de algunos de esos actos impíos descritos en estos viejos papeles del setecientos. Y es que, cuando me aproximo a la historia, nunca dejo de asombrarme de lo poco que hemos cambiado las personas en lo concerniente a actitudes y a comportamientos. Y es que probablemente tenía razón mi padre cuando decía que en el siglo XX había habido una gran revolución técnica y científica pero que aún no se había desencadenado una revolución moral.

 

BIBLIOGRAFÍA

 

ANDRÉS GALLEGO, José: "Las cofradías y hermandades en la España Contemporánea", Actas del I Congreso Nacional de Cofradías de Semana Santa. Zamora, 1988.

 

GARCÍA RODRÍGUEZ, Antonio y José GONZÁLEZ ISIDORO: Las imágenes titulares de la cofradía carmonense de la Humildad y Paciencia. Carmona, Imprenta Rodríguez, 1983.

 

MANTECÓN MOVELLÁN, Tomás Antonio: Contrarreforma y religiosidad popular en Cantabria. Santander, 1990.

 

MIRA CABALLOS, Esteban: Hermandades y cofradías en el partido de Badajoz a finales de la Edad Moderna. Badajoz, Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura, 2002

 

RUMEU DE ARMAS, Antonio: Historia de la previsión social en España. Cofradías, gremios, hermandades, montepíos. Madrid, 1944.

 

SÁNCHEZ HERRERO, José: "Las cofradías de Semana Santa durante la modernidad, siglos XV al XVIII", Actas del I Congreso Nacional de Cofradías de Semana Santa. Zamora, 1988.

 

------------"Crisis y permanencia. Religiosidad de las cofradías de Semana Santa de Sevilla, 1750-1874", en Las cofradías de Sevilla en el Siglo de la Crisis. Sevilla, 1999.

CARMONITA, LA PEQUEÑA CARMONA

                                                                                                          Esteban Mira Caballos

             La toponimia de nuestra querida Carmona es bastante amplia en la geografía española, primero, porque se trata de una ciudad histórica cuyos albores se vislumbran hace más de dos mil años, y segundo, porque además existe un apellido del mismo nombre ampliamente difundido por el solar peninsular.

                En la toponimia de la provincia de Badajoz, la encontramos al menos en dos ocasiones, a saber: una, en la comarca de la Serena, donde existe todavía hoy el sitio conocido como de las Carmonas, probablemente en alusión al apellido de sus propietarios que a su vez delataba su origen más o menos remoto en nuestra ciudad1.

               Y otra, en el norte de la provincia de Badajoz, rayana ya con la de Cáceres, donde encontramos una pequeñísima villa, llamada Carmonita. Tiene un reducido término de 38,9 kilómetros cuadrados y linda exactamente con Cáceres al norte, con la sierra de Montánchez al este y con el término de Mérida al oeste. Está ubicada a 382 metros sobre el nivel del mar, en medio un paisaje agreste de dehesa, monte bajo y matorral.

 

1.-HISTORIA DE CARMONITA

             De su origen es muy poco lo que sabemos ya que su pasado ha suscitado poco interés por parte de la historiografía. Tras algunas pesquisas en materiales bibliográficos y en manuscritos del Archivo Histórico Nacional, encontramos algunas referencias en los libros de visita de la Orden de Santiago. En una antigua visita de los comendadores de la Orden encontramos lo siguiente:

 

             “El lugar de Carmonita está muy cerca del de Cordobilla; tiene treinta vecinos. Fundose por moros de Carmona y ellos le pusieron el nombre de su patria y después le poblaron los cristianos, cuando a Cordobilla, en los años del Señor de 1327. Y su iglesia es aneja al curato de Cordobilla”2.

 

                Al parecer fue fundada, al igual que Cordobilla de Lácara, por musulmanes expulsados de Carmona en fecha indeterminada pero fijada usualmente por los historiadores entre el siglo IX y el X de nuestra era. Sabemos que el califa cordobés Abderraman III asedió Carmona en el año 917 y tras tomarla destruyó parte de sus instalaciones defensivas3. Nada tendría de particular que fuera tras estos acontecimientos, en el primer tercio del siglo X, cuando estos musulmanes fueron expulsados. En el cadalso, se asentaron a varios cientos de kilómetros de distancia, en una zona que debía estar prácticamente despoblada, como lo estuvo durante gran parte del medievo. Sea como fuere, lo cierto es que en recuerdo de su añorada patria chica le pusieron el nombre de Carmonita, la pequeña Carmona. Y ello muy a pesar de que el entorno natural elegido era absolutamente diferente al de su “Carmuna” natal y a las fértiles vegas del río Corbones.

Sabemos que, tras la reconquista, la zona quedó despoblada, por lo que se encargó a la Orden de Santiago su repoblación. En el siglo XIV debió haber un poblamiento discontinuo hasta que, a finales del siglo XV, se consolidó por fin un minúsculo núcleo más o menos estable. En la visita de la Orden de Santiago de 1494 se refería lo siguiente:

 

“De pocos días a esta parte se han juntado algunos vecinos de la comarca a hacer la aldehuela que se llama Carmonita, en que hay siete u ocho vecinos… Juntándose vecinos a poblar otra aldea que se llama cordobilla…”4.

 

Y este débil poblamiento no mejoró demasiado en las décadas siguientes porque en la visita del diecinueve de marzo de 1515 se decía que no había más de doce o quince vecinos en torno a una iglesia dedicada a Santa María Magdalena. Como podemos observar en el cuadro la evolución de la población fue muy escasa desde su fundación hasta finales de la Edad Moderna.

 

 

EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN

Cuadro mI: evolución de la población en Carmonita5

 

 

AÑO

VECINOS

HABITANTES

1498

8

32

1501

21

84

1515

12 ó 15

48 ó 60

1594

26

104

1605

30

120

1751

56

224

 

La primitiva iglesia de Carmonita, que no tenía clérigo, estaba en las afueras del núcleo poblacional. Poseía ya entonces un altar mayor con la efigie de bulto de Santa María Magdalena y tres altares más pequeños: uno dedicado a Nuestra Señora, otro a San Juan, y finalmente, otro a los Santos Mártires6. El templo era tan pequeño y estaba tan apartado del lugar que, a mediados del quinientos, construyeron un nuevo edificio, también modestísimo, pero esta vez en el centro de la localidad. En este año el visitador de la Orden se refería a estas obras con las siguientes palabras:

 

“Y el dicho visitador se fue a la iglesia del dicho lugar que es la advocación de Señora Santa María Magdalena la cual es una iglesia nueva que se va haciendo porque mudaron la que tenían arriba y la bajaron al dicho lugar y en la dicha iglesia no hay sacramento ni óleo ni crisma y la iglesia es de una nave cubierta de madera de pino con cinta y saltino pintado y está al cabo de la dicha iglesia el arco postrero por cubrir…”7.

 

La descripción de la iglesia, de una sola nave y con cubierta de pino, nos da una idea de la modestia del nuevo oratorio. La fábrica solo disponía de varios pedazos de tierra8 y sus enseres litúrgicos eran modestísimos como podemos comprobar en el inventario que transcribimos y extractamos a continuación:

 

“Una cruz de hoja de lata con un crucifijo; un cáliz de plata con su patena; una casulla de raso falso con una cenefa bordada sobre raso azul con estola y manipulo; otra casulla de paño negro con estola y manipulo; dos albas con sus amitos; dos misales de la Orden; un cuaderno de cantoría; una lámpara de azófar y un incensario de latón9.

 

En 1798 Tomás López escribía de Carmonita que no tenía nada de interés, salvo una “dehesa con el nombre de Loriana y en ella un convento de padres descalzos franciscos”10. Pero debemos decir, que Carmonita tenía –y tiene- algo excepcional que Tomás López no supo valorar en su época: su privilegiado entorno natural. Los Carmoniteños –que ese es su gentilicio-conviven en armonía con su medio ambiente, siendo su entorno una auténtica reserva de especies vegetales endémicas y de aves y mamíferos que se encuentran en extinción, como el lince ibérico, el buitre leonado y el buitre negro.

 

2.-CARMONITA EN LA ACTUALIDAD

Carmonita es un lugar del partido judicial de Mérida, incluido en la Comarca pacense de Lácara. Cuenta con una población de 688 habitantes que se dedican, como antaño, a la ganadería y a la agricultura.

Sus fiestas más importantes son tres: la romería de San Isidro el quince de mayo, la fiesta de la Magdalena el veintidós del mismo mes y, finalmente, la fiesta del Santo Cristo del Perdón, que se celebra el quince de septiembre. En su gastronomía destaca la carne de cordero que la guisan de distintas formas, sobre todo asada y en caldereta, y distintos dulces artesanales11.

Desde las elecciones del 2003 hay mayoría de representantes del Partido popular, con cuatro concejales (el 57,78 por ciento de los votos), mientras que el Partido Socialista obtuvo tres concejales (42 por ciento de los votos). Curiosa paradoja en un pueblo de braceros, campesinos y pequeños propietarios, donde tanto movimiento social hubo hasta la Guerra Civil y donde tantas carencias se padecieron hasta tiempos sorprendentemente recientes.

No quisiera acabar este pequeño artículo sin invitar a todos los carmonenses de pro a conocer la pequeña Carmona. En el pueblo no hay lugar donde alojarse pero está de paso entre Mérida y Cáceres, dos ciudades con amplia oferta hotelera y turística. No esperemos encontrar en Carmonita una zona monumental –que no existe- pero sí un paraje natural de gran interés, escasamente poblado, de los que quedan pocos ya en la Unión Europea y en España.

                Y para finalizar, me gustaría reivindicar la posibilidad de un hermanamiento que podría ser enriquecedor para ambos pueblos. Si se llamara Sevillita, Utrerita o Ecijita seguro que ya lo tendría, pero se llama Carmonita. Sería bonito, y seguro que bien acogido, el envío de libros de Carmona, realizar alguna excursión oficial y conocer su bello entorno natural. Incluso, intercambiar unas pequeñas replicas de las patronas respectivas, la Virgen de Gracia y Santa María Magdalena. Aunque tan lejos estuviese de la mentalidad de los carmonenses fundadores: ¡Que bonito sería encontrar en la pequeñita iglesia de Santa María Magdalena de Carmonita una pequeña efigie de la Virgen de Gracia! Seguro que los carmoniteños que son gente sencilla, afable, acogedora y noble –en el sentido más amplio del término-, aceptarían de buen grado cualquier iniciativa de este tipo.

1 CASTAÑO FERNÁNDEZ, Antonio Mª: Los nombres de la Serena. Mérida, Editora Regional de Extremadura, 1998, pág. 314.

2 Citado en IGLESIAS AUNIÓN, Pablo: Historia de la comarca de Lácara. Badajoz, Adecom-Lácara, 2000, pág. 53.

3 TAHIRI, Ahmed: “El esplendor de la Carmona islámica. Épocas del califato y taifas”, Actas del I Congreso de Historia de Carmona. Sevilla, 1998, págs. 49-50.

4 IGLESIAS AUNION: Ob. Cit., pág. 53.

5 Fuentes: IGLESIAS AUNIÓN: Ob. Cit., págs. 103, 185 y 319.

6 Visita del 19 de marzo de 1515. A.H.N. Órdenes Militares 1109-C, fols. 581-583.

7 Visita del 14 de diciembre de 1550. A.H.N. Órdenes Militares L. 1112-C, fols. 564-566.

8 Sus posesiones eran las siguientes: “unas tierras junto a la Magdalena; otro pedazo de tierra borde con tierra de Juana García; otro pedazo linde con el de Arriba; otro pedazo de tierra al lomo de Juana García; otro pedazo linde con este otro y con el camino de Alcuéscar; otro pedazo de tierra linde con este otro”. Ibídem.

9 Ibídem.

10 LÓPEZ, Tomás: La provincia de Extremadura en el siglo XVIII. Mérida, Asamblea de Extremadura, 1998, Pág. 301 y ss.

11 Estos datos de la actualidad están obtenidos de las siguientes paginas Web: http:// www.dipbadajoz.es/municipios y http:www.adecomlacara.es

NOTAS PARA LA HISTORIA DE LA ENSEÑANZA EN LA CARMONA DEL SIGLO XIX

 

 

                                                                                                                                                                                                                                         Esteban Mira Caballos

 

1.-INTRODUCCIÓN

Los estudios sobre esta temática están actualmente en una fase muy incipiente de investigación. En el caso concreto de Carmona la cuestión no cuenta prácticamente con ningún tipo de bibliografía específica.

En el Antiguo Régimen el sistema educativo era bastante deficiente, limitándose en la mayoría de los casos a una mera enseñanza de Primeras Letras y a un segundo grado de Latinidad, controlado por las instituciones clericales y destinada exclusivamente a los grupos sociales más pudientes(1). Gran parte de la población vivía al margen del sistema educativo, pues, los porcentajes de analfabetos superaban en ocasiones, especialmente en el mundo rural, el 70 por ciento(2). Las letras y la cultura eran parcelas elitistas, reservadas a los grupos más poderosos socialmente y a los eclesiásticos de alto rango.

Como es bien sabido, existían tres niveles educativos perfectamente delimitados, relacionados y progresivos: primero, la Escuela de Primeras Letras que, como ya hemos afirmado, era el nivel básico, donde se enseñaba a los jóvenes estudiantes, además de la doctrina cristiana, a leer, a escribir y a contar. Evidentemente este nivel estaba presente en un buen número de ciudades y villas de la Península. Segundo, los Estudios de

Gramática Latina, también llamados Estudios de Latinidad, que ya eran absolutamente elitistas y prácticamente inaccesibles para la mayor parte de la población. Y tercero y último, la Universidad, máximo grado educativo en los Reinos de España que evidentemente disponía de un reducidísimo número de centros y de alumnos(3).

 

2.-LA ENSEÑANZA EN CARMONA A FINALES DEL ANTIGUO RÉGIMEN

En el siglo XVIII, los ilustrados libraron una gran batalla en favor de la reforma educativa. Efectivamente, desde el ámbito de las letras surgieron voces, como la de Melchor de Jovellanos, que defendían una educación pública obligatoria y gratuita, afirmando que "la ignorancia era la razón del atraso, de la pobreza y de la miseria" en que estaba sumida España(4). Incluso otro ilustrado de la época, Cándido María Trigueros, escribió en 1768 una obra titulada "Plan de un nuevo método de estudio", en el que expuso las bases de una reforma educativa. Dividió la enseñanza preuniversitaria en tres grados progresivos y con una metodología conductista, es decir, "pocas reglas y muchos ejercicios"(5). Su modelo educativo jamás llegó a ponerse en práctica, sin embargo, el mero hecho de plantearlo era un claro síntoma de que se empezaba a tratar la educación como una cuestión de interés nacional.

Y es cierto que, con la administración de los Borbones, algo había empezado a cambiar, aunque posiblemente no lo suficiente. La política educativa en estos momentos se caracterizó por lo siguiente: primero, se defendió la existencia de una enseñanza pública, asumiendo en principio las labores docentes dejadas por los jesuitas, pero sin aportar la financiación adecuada para implantarla. De hecho prácticamente hasta el último tercio del siglo XIX la enseñanza dependió íntegramente de los concejos respectivos, quienes libremente disponían partidas procedentes de sus propios y arbitrios.

Y segundo, se fomentó exclusivamente el nivel básico de las Primeras Letras. Sin embargo, no es menos cierto que la propia administración limitó conscientemente la proliferación de Estudios de Latinidad, pues, esto implicaba más eclesiásticos y, por tanto, menos manos para trabajar. En este sentido, los Borbones tuvieron muy claro su objetivo: la enseñanza de Primeras Letras sería popular y se buscaría su extensión al mayor número posible de jóvenes. Pero el siguiente escalón educativo quedaría reservado exclusivamente a la élite. Es más, ésta era realmente la mentalidad de muchos ilustrados de la época, como Pablo de Olavide, quien, pese a la gran labor que realizó en Sevilla desde su puesto de intendente, afirmaba que la enseñanza universitaria debía estar destinada exclusivamente a "los nobles y ricos" (6). Según su punto de vista, si los que debían trabajar estudiaban se generaría un grave quebranto para la economía y se truncaría la prosperidad del país(7). Desde la propia Corona se perpetuó intencionadamente este planteamiento (8).

Y efectivamente, el 5 de octubre de 1767 se expidió una Real Cédula en la que se exponía la necesidad de que las instituciones públicas fomentasen la enseñanza de Primeras Letras (9). Pero ni aun así, se consiguió que la enseñanza dejara de ser un privilegio de los grupos sociales acomodados. Y un hecho que evidencia muy bien esta situación es que, tras la expulsión de los jesuitas, muchos jóvenes quedaron descolarizados, sin que la administración pusiera los medios adecuados para resolver el problema a corto plazo. Y las escuelas que se mantuvieron lo hicieron en precarias condiciones y prestando servicio tan sólo a aquellas familias que disponían de medios para pagar las tasas que se exigían. Así, en Sevilla, donde existían treinta y una Escuelas de Enseñanza Primaria, decía Aguilar Piñal que solo podían acceder a ellas aquellos niños cuyas familias podían abonar los cuarenta y ocho reales anuales que costaba (10).

En lo que concierne a la enseñanza en Carmona en el Antiguo Régimen debemos reconocer que nos ha sorprendido la existencia de una cierta infraestructura así como un número nada desdeñable de estudiantes. Al parecer, la Escuela de Primeras Letras se fundó en Carmona en 1754 en el colegio de los jesuitas, siendo su fundador el presbítero Juan de Berrugo Cansino. Unas décadas después, y concretamente en el censo de Floridablanca de 1786 aparecen señalados veintiocho estudiantes, cifra que no debe corresponder al número de alumnos de las Escuelas de Primeras Letras, que sabemos eran varios cientos, sino a los que cursaban el grado de Gramática y Latinidad (11). Asimismo, en dicho censo se señalaba la existencia de dos instituciones, a saber: el Colegio Real de Carmona, formado por cuatro maestros, cuatro colegiales, seis pensionistas y un criado. Y el Colegio de Niñas de Enseñanza, formado por dos maestras y seis colegialas(12).

Para finales del siglo XVIII, y concretamente en 1798, contamos con varios documentos que nos aclaran mucho mejor la estructura educativa carmonense a finales del Antiguo Régimen. En ese año, don Juan José Trigueros y don Francisco Javier Nieto, escribieron a las autoridades de Carmona para conocer de primera mano todas las instituciones educativas, culturales y científicas que había en la localidad.

La respuesta del cabildo fue rápida, eficaz y concreta. En cuanto a las Escuelas de Enseñanza Primaria declararon que había cinco maestros y un total de 424 "discípulos" y 85 "discípulas" (13). Cada maestro reunía a sus discípulos de forma independiente, sin que hubiese una convivencia entre los alumnos de un maestro y otro. Aunque no se especifica, todo parece indicar que las clases se impartían en las moradas de los propios docentes.

En cuanto a las alumnas detectamos la discriminación propia de la época. Aparecen siempre con el nombre de "discípulas de calle", lo que nos hace pensar que eran algo así, y por buscar un símil con la actualidad, como estudiantes con régimen libre. Se reunían fuera del horario escolar de los niños, y el profesor probablemente se limitaba a encargarles pequeñas actividades que debían entregar periódicamente para su corrección. Pero, es más, suponen tan sólo el 16,69 por ciento de los discípulos escolarizados en la Enseñanza Primaria. Además, suponemos que su educación, como en tantos otros sitios, debió estar orientada a formarlas en los valores morales, además de impartirles nociones básicas de lectura y escritura.

Pero también había en Carmona un Estudio de Latinidad, es decir, un colegio de Segunda Enseñanza, o lo que hoy llamaríamos un Instituto de Enseñanza Secundaria. Las palabras que dirige José Padilla a don Juan José Trigueros y a don Francisco Javier Nieto, el 17 de enero de 1798, son tremendamente clarificadoras:

 

"...En virtud de su pregunta le respondo que en Carmona solo hay un Estudio de Gramática que es en el colegio principal en donde se enseña latinidad, retórica y mitología por dos maestros, uno de mayores y otro de menores, y con el número de treinta y nueve discípulos. Y que no hay Universidad, Academias de ciencias, gabinetes, laboratorios de química, botánica, historia natural, mineralogía, matemáticas, ciencias. Que es cuanto puedo informar" (14).

 

Sabemos que este segundo grado de enseñanza, o Estudio de Latinidad había existido en Carmona al menos desde principios del siglo XVIII, estando en manos de los jesuitas. Después de su expulsión se hizo cargo de él el propio cabildo que, desde la exclaustración de los carmelitas Descalzos de San José, lo ubicó en este recinto (15).

Por lo demás, queda bien claro que, pese a los 424 jóvenes que realizaban estudios de Primeras Letras, tan sólo varias decenas de ellos llegaban a cursar el grado de Latinidad. Para la Sevilla de 1764 se estimaba que estudiaban el Segundo Grado entre el 20 y el 25 por ciento de los alumnos que terminaban la instrucción primaria (16). En el caso de Carmona, la diferencia parece ser aún mayor, pues los que estudiaban este segundo nivel educativo suponían tan solo un 9,19 de los alumnos que cursaban sus estudios de Primeras Letras. En definitiva, si ya elitista debía ser la primera enseñanza que tan solo escolarizaba a 509 alumnos, el segundo grado se limitaba a la reducida cifra de 39 discípulos, la mayoría, sino todos, de sexo masculino.

Evidentemente quedaba también especificado en dicho informe que el Estudio de Gramática y Latinidad era el nivel educativo más elevado que había en la localidad, sin que existiesen universidades, ni otras instituciones científicas ni culturales. Obviamente, el acceso a la Universidad estaba tan sólo alcance de los miembros de la élite, en muchos casos con el objetivo de hacer carrera eclesiástica.

 

3.-LA EDUCACIÓN EN LA CARMONA DECIMONÓNICA

Durante el gobierno de José I Bonaparte se inició un desarrollo del sistema educativo español sin precedentes hasta la fecha, apareciendo desde entonces un sinnúmero de reglamentos oficiales que pretendían regularlo todo. Uno de los puntos culminantes de la política educativa decimonónica fue sin duda la promulgación en 1857, de la que es conocida como Ley Moyano. Ésta fue elaborada por el entonces Ministro de Fomento, Claudio Moyano Samaniego, y luchaba abiertamente contra el analfabetismo, declarando obligatoria la enseñanza primaria. Evidentemente, la ley fue de muy difícil cumplimiento sobre todo por las carestías de los fondos públicos. Ello provocó que, todavía a finales del siglo XIX, siguiese habiendo un amplio porcentaje de analfabetos en España. Sin embargo, la Ley mostraba un cambio sustancial en la actitud y en el talante de las autoridades.

Una de las primeras cuestiones que se reguló fue que los maestros fuesen personas tituladas y examinadas. Al maestro se le pedían varios requisitos: uno, estar examinado en doctrina cristiana, dos, ser persona de buenas costumbres y demostrar su limpieza de sangre, y tres, superar un examen ante un tribunal en el que se le exigía saber "leer, escribir y contar" (17). A todos los efectos el cargo de Maestro de Primeras Letras, se consideraba un oficio gremial más y, como tal, no podía ejercerlo ninguna persona que no estuviese examinado y aprobado por otros maestros del mismo ramo. Según consta en los certificados de examen, Carmona tenía un antiguo privilegio que facultaba a sus autoridades a examinar maestros de Primeras Letras y darles el título para ejercer en todo el territorio español. La composición de estos tribunales estaba regulada por Real Orden del Consejo de Castilla del 4 de julio de 1807 en la que se especificaba que se debía componer del Corregidor, que presidía el tribunal, dos maestros de Primeras Letras, y un escribano que tomaba nota del acto.

No obstante, en Carmona encontramos no pocos casos de maestros que impartían sus clases sin estar examinados. Concretamente en las Escuelas de Primeras Letras de Carmona se decía, en 1798, que de los cinco maestros uno, llamado Jerónimo de Eguiluz, tenía licencia para enseñar pese a "no estar examinado" (18). Este mismo maestro, en 1810, hacía cuatro que no ejercía, por estar enfermo, y en su lugar lo hacía su hijo Miguel José de Eguiluz y Rodríguez, que curiosamente tampoco disponía en ese momento de título para desempeñar el oficio.

Por lo demás, en el Archivo Municipal de Carmona se conservan decenas de exámenes realizados a los maestros que impartían sus clases en las Escuelas de Primeras Letras. Como ejemplo tomaremos el caso del ya citado Miguel José de Eguiluz, por ser su expediente de diligencias muy detallado (19). Éste, se examinó por primera vez para la obtención de su título en febrero de 1808. El tribunal estuvo formado por el regidor perpetuo, Antonio de Quintanilla y Montalbo, en sustitución del corregidor que estaba ausente, por dos "maestros examinadores"

-José Viñán y Juan García-, y por el escribano del cabildo. Los ejercicios a los que fue sometido fueron los siguientes, a saber: primero, mostró en la pizarra diferentes tipos de letras, así como diversas "demostraciones aritméticas". Segundo, leyó un texto de un libro que le fue sugerido por el tribunal, "haciéndole preguntas sobre ortografía y gramática castellana, manifestándolo según el punto que leía, y sobre la correspondiente explicación de los signos ortográficos y lugar que estos debieren ocupar con arreglo al sentido de la oración que se formaba..." (20). Y tercero, salió de nuevo a la pizarra para volver a escribir distintas frases y tipos de letra a indicación de los examinadores. A diferencia de lo que ocurría en otros exámenes de la época, no le fue preguntado nada referente a la metodología que emplearía en la enseñanza de sus alumnos.

No sabemos qué pudo pasar con la concesión de este título, pues, en 1809, Miguel José de Eguiluz volvía a examinarse para la obtención del diploma de maestro de Primeras Letras. En esta ocasión, el tribunal estuvo formado por José Domínguez, regidor perpetuo, nuevamente en sustitución del corregidor, por José Vázquez, maestro de Primeras Letras en Carmona, por Pedro García Gutiérrez, maestro en la de Tocina, en el partido de Carmona, por el alcalde Juan de Acosta y, finalmente, por el escribano Hipólito Cebreros (21). En esta ocasión sí se le expidió su título, especificándose, como era usual, no solo su nombre, edad y estado civil sino también una minuciosa descripción de su aspecto físico (22).

En los años posteriores, y muy a pesar de lo que recomendaban las ordenanzas, continuó habiendo maestros que desempeñaban su trabajo sin haber sido examinados e incluso sin título. Antes de mediar el siglo escribía Madoz que en Carmona de los trece docentes que había solo disponían de título cuatro maestros y una maestra (23).

Pese a los avances señalados, la enseñanza en Carmona continuó siendo un campo privativo de unos pocos, la mayoría de ellos varones. Los porcentajes de matriculación de alumnos en relación a la población aumentaron, aunque de forma poco significativa. A mediados del siglo XIX, pese al sensible incremento de la población, se estimaba que había matriculados unos 562 alumnos, 414 de sexo masculino y 148 de sexo femenino. Es decir, entre 1798 y 1849 la población había crecido un 7,98 por ciento y los alumnos escolarizados un 9,43 por ciento (24). En cambio, sí había crecido de forma notable el porcentaje de alumnas que habían pasado del 9,9 por ciento al 26,69, cifra que estaba por encima incluso de la media provincial (25).

En cuanto a los horarios, a los contenidos, a los métodos y a los niveles educativos todo quedó regulado en unas Ordenanzas expedidas en Carmona el 8 de septiembre de 1813 (26). Las mencionadas ordenanzas se encuentran precedidas de una larga introducción en la que se destaca la necesidad de regular y fomentar la educación. Con un pensamiento muy avanzado se afirma el gran valor de la educación porque "los maestros de las escuelas de leer y de escribir son los primeros padres...". También insisten en decir que los valores adquiridos en la niñez no se olvidan en toda la vida. Asimismo queda especificado que el objetivo fundamental no era conceptual sino aptitudinal: se pretendía que los hijos hiciesen feliz a la sociedad y a sus propios padres porque los hijos rebeldes afligen a los padres "y apresuran sus pasos hacia el sepulcro". Nos llama la atención que muchas de las ideas expuestas en estos textos decimonónicos siguen vigentes cerca de doscientos años después.

En las ordenanzas ocupa un lugar preferente todo lo relacionado con la sacralización de la escuela. A este aspecto se dedican los capítulos I, X, XI y XII. Queda especificado que un crucifijo debía presidir la cabecera de las aulas (Cap. I), aspectos que se ha mantenido hasta fechas muy recientes. Las tres horas lectivas de la tarde de los sábados se dedicarían al aprendizaje de la doctrina cristiana (Cap. X), mientras que los domingos los alumnos debían confesar y comulgar (Cap. XI). Finalmente, mientras durase la Cuaresma, el maestro debía elegir ocho alumnos diarios para que, de dos en dos, en los sitios más públicos, explicasen distintos aspectos del catecismo (Cap. XII).

También se normalizaba el horario escolar que tendría una carga lectiva de seis horas diarias de lunes a sábados, ambos inclusives. La mitad de las horas se impartirían por la mañana y la otra mitad por la tarde, sin que hubiese además vacaciones de verano (Caps. VII, VIII, XI, XII, y XIII). Así, pues, los alumnos recibirían treinta y seis horas lectivas semanales, durante todo el año.

Además en las ordenanzas de 1813 se introduce una novedad metodológica, es decir, la división de los alumnos en tres niveles de conocimiento. Efectivamente, los alumnos se reunirían en tres clases diferentes donde se agruparían de la siguiente forma: los excelentes, los medianos y "todos los demás". En el día primero y quince de cada mes los alumnos competirían por ascender en la escala "y el desafío se hará leyendo, escribiendo, contando o diciendo de memoria un capítulo de doctrina cristiana o un artículo de la constitución política de esta Monarquía..." (Cap. V).

En cuanto a las materias de estudio y a su distribución horaria se ofrecen en las ordenanzas algunos aspectos de interés. En el capítulo VI se afirma que el maestro velará por la "interpolación" de las distintas materias y ejercicios para hacerlas más "soportables" y evitar que los alumnos las mirasen "con horror". Curiosamente todavía en nuestros días, cuando es posible, se alternar asignaturas troncales con optativas para evitar la excesiva dureza de la jornada escolar.

Los aspectos en los que se debían centrar los maestros eran: uno, enseñar un castellano hablado y escrito "puro y sin vicios". Dos, lograr el uso de una ortografía gramaticalmente correcta. Y tres, analizar textos literarios, políticos y religiosos (Caps. VI y IX). De hecho en los exámenes para acceder al oficio de maestro aparecía su cometido muy claro, pues especifican que se les facultaba exactamente "para enseñar a leer, escribir, contar y la doctrina cristiana".

En cambio, las ordenanzas de 1813 apenas decían nada de los métodos de enseñanza que, sin embargo, podemos deducir a través de un inventario de enseres de la Escuela oficial de Niños, realizado en 1899 (27). A nuestro juicio, este documento puede ayudar a comprender los métodos utilizados en la enseñanza de Primeras Letras en la Carmona del siglo XIX.

La iconografía y los retratos que había en la escuela eran un Crucificado, una cruz grande de caoba, un cuadro al óleo de San Mateo, así como los retratos del Rey y de la Reina regente. Además del mobiliario -armario, bufetes, sillones, sillas, bancos, mesas y percheros-, de los tinteros, las pizarras, los pizarrines, el reloj de pared, el termómetro y la tinaja de agua potable había numeroso material de apoyo en la práctica docente.

Entre los materiales relacionados con la geografía encontramos: tres esferas -una terrestre, otra celeste y otra armilar-, varios mapas físicos de España y Europa, ocho mapas de menor tamaño y otros de España y Europa, fraccionados para hacer rompecabezas.

Para el apoyo a la lectura había treinta y nueve muestras de escritura con cristal, siete de ellas deterioradas, así como trece carteles de lectura pegados en madera. La utilización de carteles con los tipos de letras y con palabras es un método muy utilizado en la enseñanza del siglo XIX. Se trataba de un método muy memorístico que buscaba el aprendizaje mediante la repetición.

En relación al área de ciencias la relación de materiales curriculares era bastante más limitada: un cuadro grande con el sistema métrico decimal, un tablero contador de enteros, una caja con sólidos geométricos y seis reglas y escuadras.

Y finalmente, para apoyar la formación religiosa y moral se disponía de dieciséis cartones con máximas morales, dieciocho cuadros con estampas de historia sagrada y un albun de láminas de temática religiosa.

En definitiva, todo parece indicar que se utilizaba un método docente muy simple. Se trataba de que los alumnos visualizasen en las paredes máximas morales, analizasen textos escritos y mapas, materiales que debían ser omnipresentes en las aulas. El aprendizaje de todo ello se realizaría mediante la repetición sistemática de frases, renglón tras renglón.

Además el inventario recogía una relación exhaustiva de la biblioteca que alumnos y profesores tenían en el centro, destacando por su número los relacionados con la ortografía, la doctrina religiosa y la agricultura (28). No deja de ser importante que en un pueblo rural como Carmona donde, a finales del siglo XIX, más del 70 por ciento de la población se dedicaba al campo, hubiese una gran cantidad de libros de agricultura, actividad que muy probablemente terminarían desempeñando la mayor parte de los estudiantes.

 

4.-LA SITUACIÓN DE LA ENSEÑANZA EN CARMONA A FINES DEL SIGLO XIX

Aunque, como ya hemos afirmado, la enseñanza siguió siendo privativa para extensas capas sociales prácticamente hasta el siglo XX, sí es cierto que en líneas generales el panorama educativo carmonense mejoró en la centuria decimonónica.

Existían varias escuelas y todo parece indicar, a juzgar por los inventarios, que las condiciones higiénicas no eran excesivamente malas, al menos comparándola con las de la propia capital sevillana (29).

Muy importante fue la creación en Carmona de una Escuela de Primeras Letras oficialmente destinada a las alumnas. Efectivamente, desde principios del siglo XIX al menos, nos consta la existencia de una escuela específica de niñas, que en 1891 se denominaba de Nuestra Señora de Gracia (30). Un avance sustancial si pensamos que durante toda la Edad Moderna las Escuelas de Primeras Letras fueron exclusivamente de niños, siendo las niñas consideradas como meras "discípulas de calle".

A finales del siglo XIX, y concretamente en una referencia fechada en 1892, verificamos la existencia en Carmona de una Escuela de Adultos, intitulada de San Teodomiro, independiente de la Escuela de Niños de Carmona. La creación de esta escuela sirvió para dar una posibilidad de alfabetización a muchas personas que en su momento no pudieron o no quisieron ir a la escuela. Sin embargo, su erección en Carmona no era una iniciativa de la localidad sino que respondía a la política del momento que fomentó la apertura de este tipo de centros en numerosos puntos de España.

Pese a estos avances, solo una pequeña parte de los niños carmonenses pudieron acceder a las Primeras Letras. Circunstancia ésta que tampoco debe extrañarnos en una España en la que se estimaba que en 1821, de los 1.440.000 niños que había, solo estaban matriculados en la escuela 217.164, es decir, el 15 por ciento (31). Incluso en ese mismo año había en España nada menos que 4.349 pueblos en los que no había ninguna escuela (32).

En definitiva a fines del siglo XIX había en Carmona tres Escuelas de Primeras Letras: la primera recibía a alumnos ordinarios, la segunda a alumnas, y la tercera estaba dedicada a la educación especial de adultos. También se mantenía una Escuela de Latinidad, ubicada en el exclaustrado convento de San José. Por tanto, podemos decir que Carmona, en el siglo XIX consolidó un organigrama educativo básico, acorde con una ciudad de su importancia poblacional.

 

NOTAS

1.-VIÑAO FRAGO, Antonio: Política y educación en los orígenes de la España Contemporánea. Madrid, 1982, pág. 108.

2.-DOMÍNGUEZ ORTIZ, Antonio: Historia de Sevilla. La Sevilla del siglo XVII. Sevilla, 1984, pág. 264.

3.-Un buen resumen del sistema educativo español lo encontramos en la obra de RODILLO CORDERO, Francisco Javier: Datos para la historia escolar de Extremadura. Mérida, 1998, págs. 20-21.

4.-Citado en LUENGO PACHECO, Ricardo: "La educación en el norte de Extremadura. Procesos de enseñanza (siglos XVII y XVIII)", XXVII Coloquios Históricos de Extremadura. Trujillo, 2001, pág. 274.

5.-DÍAZ ORTIZ, Rafael: "Reforma Educativa de Trigueros", en Estela, Nº 3. Carmona, 2001, pág. 16.

6.-ÁLVAREZ DE MORALES, Antonio: La Ilustración y la reforma de la Universidad en la España del siglo XVIII. Madrid, 1988, pág. 65.

7.-IBÍDEM.

8.-VIÑAO FRAGO: Op. Cit., pág. 106.

9.-VÁZQUEZ CALVO, J.C.: "La educación de los Borbones ilustrados: notas para la enseñanza primaria extremeña", Alcántara, Nº 38, Cáceres, 1996, pág. 43.

10.-AGUILAR PIÑAL, Francisco: Historia de Sevilla. Siglo XVIII. Sevilla, 1982, pág. 207.

11.-MIRA CABALLOS, Esteban: La población en Carmona en la segunda mitad del siglo XVIII. Carmona, 1994, pág. 117.

12.-IBÍDEM, págs. 121-122.

13.-La respuesta del maestro José Rodríguez, en relación a las escuelas de enseñanza primaria, fue la siguiente: en la primera escuela imparte el maestro José Rodríguez a doscientos alumnos, siete niños y Juan de Acosta, ayudante de maestro, enseña a veinticuatro discípulas en diferentes calles. En la segunda escuela imparte Feliciano Rodríguez, a cincuenta y tres discípulos de clase y once discípulas en la calle. En la tercera escuela ejerce Andrés Avelino y tiene cuarenta y tres discípulos de clase y veintidós discípulas de calle. En la cuarta escuela es maestro Antonio Rodríguez y tiene cuarenta y cinco discípulos de clase y diez discípulas de calle. Y finalmente, en la quinta escuela imparte sus clases Jerónimo de Eguiluz, que no estaba examinado pero tenía licencia para enseñar, a ochenta y tres discípulos de clase y dieciocho discípulas por la calle. Archivo Municipal de Carmona (en adelante A.M.C.), libro de Actas Capitulares Nº 221. Carta de José Rodríguez a don Juan José Trigueros Bonifaz y don Francisco Javier Nieto, Carmona, 8 de enero de 1798.

14.-A.M.C. Libro de actas capitulares 221. Carta de don José Padilla a don Juan José Trigueros Bonifaz y Francisco Javier Nieto. Carmona, 17 de enero de 1798.

15.-En este sentido afirmó Pascual Madoz: "Tiene además esta ciudad un colegio de Segunda Enseñanza en el extinguido colegio de San José; el de San Teodomiro, que estuvo a cargo de la extinguida Compañía de Jesús, con Cátedra de Latinidad. MADOZ, Pascual: Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus posesiones de Ultramar, T. V. Madrid, 1849, pág. 570.

16.-AGUILAR PIÑAL: Op. Cit., págs. 219-220.

17.-RODILLO CORDERO: Op. Cit., pág. 23.

18.-A.M.C, Libro de Actas Capitulares 221. Carta de José Rodríguez a Juan José Trigueros Bonifaz y Francisco Javier Nieto, Carmona, 8 de enero de 1798.

19.-A.M.C., Libro de Actas Capitulares Nº 222. Expediente y diligencias de examen de Miguel José de Eguiluz, Carmona, febrero de 1808.

20.-IBÍDEM.

21.-A.M.C., Leg. 1052. Diligencias y examen de Miguel José de Eguiluz Rodríguez, Carmona, h. 1809. En este expediente no consta la fecha exacta, por lo que la hemos tomado del membrete.

22.-Textualmente decía: El señor Lorenzo José Domínguez, regidor perpetuo y de preeminencia de su ilustre ayuntamiento, en ejercicio de corregidor, por ausencia del señor don Juan Caro Locella, que lo es en propiedad, en vista de las diligencias antecedentes su señoría dijo daba y dio licencia y facultad (en conformidad del Real privilegio de fuero concedido a esta Muy Noble y Leal Ciudad por el señor Rey don Alfonso que principia "conocida cosa sea a todos los omes") a don Miguel José de Eguiluz y Rodríguez, de estado casado, de edad de veinte y un años, de buen cuerpo, color trigueño, nariz grande, ojos pardos, hoyoso de viruelas, pelo corto negro, poca barba para que sin incurrir en pena alguna pueda usar y ejercer en todas las ciudades, villas y lugares de los reinos y señoríos de España el arte de primeras letras como maestro examinado...". A.M.C. Leg. 1052.

23.-Aunque el dato puede ser orientativo de la situación, las cifras de Madoz deben ser tomadas con suma precaución. De hecho, y por poner un ejemplo concreto, en el tomo V, en la voz Carmona, especifica que había en la localidad siete escuelas para niños y dos para niñas así como un Colegio de Segunda Enseñanza. En cambio, en el tomo XIV, correspondiente a Sevilla y su provincia, afirma que había seis escuelas de niños y siete de niñas y

-erróneamente- ninguna Escuela Superior. MADOZ: Ob. Cit., T. V, pág. 570 y T. XIV, pág. 1842.

24.-En 1798 había unos 15.703 habitantes y 509 alumnos escolarizados mientras que a mediados de siglo había en Carmona unos 17.100 habitantes y 562 alumnos.

25.-Teniendo en cuenta que en toda la provincia se estimaba que cursaban estudios de Primeras Letras 9.377 niños y 2.678 niñas, el porcentaje de alumnas con respecto al total era del 22,21 por ciento. MADOZ: Op. Cit., T. XIV, pág. 1842.

26.-Aparecen reproducidas íntegramente en el apéndice documental.

27.-A.M.C., Leg. 1052. Inventario de enseres de la Escuela Oficial de Niños que Alberto Blanco entrega a Rafael Acal y García, Carmona, 31 de diciembre de 1899.

28.-Dado el interés de la biblioteca queremos insertar aquí la relación de obras de que se disponía: cuatro diccionarios de la Real Academia, cuatro ejemplares de ortografía "Solana", catorce libros rústicos de aritmética de "E. Solana" y nueve por "Palma", once libros de lectura "por los padres Escolapios" y otros cuatro del, dieciséis ejemplares del evangelio "por Terradillos", cinco libros manuscritos "guía del artesano", nueve libros cursos de historia sagrada, cinco libros manuscritos titulados "guía del artesano", seis libros rústicos de geografía "de Ascarza", dieciséis libros de lectura, cinco libros de urbanidad de "Calleja", once ejemplares epítomes del diccionario de la Real Academia, diez ejemplares de doctrina, doce ejemplares de historia sagrada, cincuenta y cinco ejemplares de distintos libros de la agricultura del olivo, cinco ejemplares de frases y cuentos de "Calleja" y, finalmente, cuatro libros de lengua castellana "por Blanco".

29.-Durante la segunda mitad del siglo XIX e incluso a principios del siglo XX las condiciones de salubridad de las escuelas sevillanas se consideraban pésimas. La mayor parte de los centros, además de estas hacinados, no habían sido diseñados para servir de escuelas y presentaban una deficiente iluminación y ventilación, no disponían de agua corriente, y las condiciones higiénicas eran pésimas. A este respecto véase la obra de MONTERO PEDRERA, Ana María: La enseñanza primaria pública en Sevilla (1857-1900). Desde la promulgación de la Ley Moyano hasta la creación del Ministerio de Instrucción pública. Sevilla, 1996.

30.-A.M.C., Leg. 1052. Papeles varios sobre la enseñanza en la Carmona del siglo XIX. Ya entrado el siglo XX, en 1917, se autorizó el desdoble horario de dicha escuela para atender a un mayor número de alumnas, siendo docente en ella, la conocida maestra doña Isabel Ovin, todavía recordada con cariño por los más ancianos de Carmona. A.M.C., Actas capitulares Lib. 291. Cabildo ordinario celebrado en Carmona el 19 de julio de 1917.

31.-VIÑAO FRAGO: Op. Cit., pág. 219.

32.-IBÍDEM.

 

 

APÉNDICE DOCUMENTAL

 

Reglamento regulando el funcionamiento de las Escuelas de Primeras Letras de Carmona, Carmona, 8 de septiembre de 1813.

 

"Parecieron don Rafael de Aguilar Tablada, sindico, procurador segundo de este ayuntamiento se propuso y manifestó a la ciudad un reglamento por escrito dado y firmado por dicho caballero síndico conteniéndose en él por capítulos las reglas, orden y método que deben observar mis clases para la recomendable enseñanza de la juventud, los maestros de Primeras Letras de esta dicha ciudad el que habiéndose leído e instruido de él se acordó que aprobándolo se conformaba la ciudad con él dando por ello las debidas gracias a dicho señor síndico por la utilidad que ofrece en la enseñanza pública el mencionado reglamento el que se observará inviolablemente en todas las clases de Primeras Letras de esta ciudad para lo cual se pondrá en poder de cada uno de los maestros una copia de él y a su continuación testimonio de este acuerdo uniéndose a este cabildo el original del precitado reglamento y para que se observe en las clases de Primeras Letras puntualmente siendo diputados de estos establecimientos los señores don Manuel de Rueda y don Juan González regidores se reitera en los susodichos el nombramientos de tales diputados para que acompañados del referido señor síndico don Rafael Tablada procuren y celen el cumplimiento y observancia se cuanto se propone en el adjunto reglamento para utilidad de la enseñanza pública.

Ilustrísimo Señor: una de las más sagradas obligaciones de este ilustre cuerpo según el artículo 321 de la constitución política de esta monarquía y según el artículo 14 del capítulo primero de Su Alteza la regencia del reino, fecha 26 de junio anterior es el de que debe cuidar de todas las escuelas de Primeras Letras y demás establecimientos de educación velando el buen desempeño de sus maestros.

Este tan importante objeto ha muchos días que por una continuada experiencia lo miró y lo mira todo este común en el abandono más intolerable pues los padres que ponen al cuidado de los maestros la educación moral, cristiana, civil y política de sus hijos están criando no hombres que hagan feliz la sociedad humana sino es monstruos que la deshonren y destruyan y no hijos que los respeten, ayuden y sirvan de consuelo y báculo en la menesterosa y vacilante vejez para alargar y hacer felices sus días sino es fieras que continuamente se les rebelen les aflijan y les hagan apresurar sus pasos hacia el sepulcro. En tan triste estado y considerando yo como provisor sindico segundo de esta ilustre corporación que unos males tan perniciosos y tan trascendentales deben proveerse de un pronto y eficaz remedio del que por mi ministerio no puedo desentenderme ni vuestra señoría y dejar de poner en ejecución los medios que se juzguen más a propósito para su reforma. Considerando que los maestros de las escuelas de leer y de escribir son los primeros padres que el gobierno público sustituyó a los naturales para que por estos den a sus hijos la educación moral, cristiana, civil y política que la sociedad humana y la religión piden en todos sus miembros considerando el lamentable descuido que tales maestros tienen en dar a sus discípulos la educación antedicha o por que ellos carecen de ella o porque no conocen su gran utilidad y necesidad y que los infantes salen y entran de las escuelas y están en ellas como en unos establos sin aseo, sin moderación, sin respeto y sin política y que sus modales son tan descorteses como bárbaros. Considerando que el carácter civil o idiota de todo un pueblo y aun de toda una nación dependen de las primeras escuelas y de la buena o mala educación que en ellas se enseña. Considerando que la moralidad de que son capaces los infantes no se arraiga bien en sus corazones si sus espíritus no se forman con las máximas cristianas que iluminan y rectifican la conciencia. Considerando que los vicios son unos males que nunca desamparan al hombre que los contrajo desde su niñez y que aquellos se adquieren en todas edades sin que hasta ahora jamás se haya visto que el hombre abandone en algún tiempo lo que adquirió en su niñez por efecto de una perversa educación por enseñarnos constante la experiencia que quien desde dicha edad principia a ser vicioso antes de conocer el vicio continua siempre siéndolo por un hábito que (como otra naturaleza) reviste y arrastra tras de si la razón y que por dicha causa los hombres sabios y demás sana política las escrituras sagradas, nuestras leyes patrias y las sabias determinaciones del sabio -- de la nación previenen y expresamente mandan la obligación estrechísima a todas las autoridades de que atiendan, cuiden y celen sobre la educación de los infantes por depender de ella enteramente su salud corporal y espiritual y la prosperidad del Estado y de la sociedad para formar los dignos miembros de ella y para que correspondiendo a los deberes de la religión del Estado y de las circunstancias que debe caracterizar a unos buenos ciudadanos sirvan a Dios, al Rey y a la Patria y hagan feliz la compañía de sus iguales.

Considerando por último que la primera construcción moral cristiana civil y política de los infantes se logra con la viva voz y con los continuados ejemplos de los que los enseñan para imitar en su edad tierna con mucha facilidad así lo que ven como lo que oyen y que de consiguiente deben ver en sus maestros efectos sensibles de piedad para con los pobres, haciendo que los ejecuten de respeto para con los ministros sagrados del altar y con toda clase de autoridades, enseñándoles el placer que resulta de toda buena obra y el aborrecimiento que deben tener a los vicios para que vayan formando conceptos del justo modo de obrar y de los grandes males que experimentarán de lo contrario NO he podido menos señor que ver si pueden en lo posible remediarse los gravísimos defectos e inseparables males que se están experimentando en la educación pública y establecer el orden en las escuelas de esta ciudad y en sus preceptores que haber formado el siguiente reglamento porque mereciendo la aprobación de vuestra señoría se digne nombrar una diputación compuesta de individuos de esta ilustre corporación con amplias facultades para que lo pongan en debido y puntual cumplimiento y celen incesantemente sobre la observación de todos y de cada uno de sus artículos por que de este modo se logre el importante objeto que me he propuesto en su formación del bien del público aumento de nuestra santa religión y utilidad del Estado en la perfecta educación moral, cristiana, civil y política de la juventud. Reglamento:

 

Artículo I: en el sitio principal de las escuelas se colocará si no lo está una imagen de Jesucristo Nuestro Señor o de su Santísima Madre, cuya imagen será el altar de los actos de piedad y de religión que se harán en las escuelas y al entrar en éstas el infante se dirigirá luego a adorar la santa imagen y, habiendo hecho brevísima oración, se levantará, hará profunda cortesía al maestro y a todos los compañeros, besará la mano a aquel y se colocará en su sitio.

 

Artículo II: el maestro no permitirá que los niños entren o salgan de las escuelas de tropel, corriendo, saltando o dando voces; y al salir deberán todos arrodillarse y adorar la santa imagen sin moverse de sus respectivos sitios y luego saldrán por su orden en una o dos filas, según la capacidad de la escuela.

 

Artículo III: en ésta todos los puestos se distribuirán en clases; y cada infante tendrá su puesto fijo en la clase que le corresponda. Tres serán las clases en que se dividirán los puestos: la primera servirá para los niños excelentes en religión, civilidad y doctrina cristiana; la segunda para los medianos; y la tercera para todos los demás.

 

Artículo IV: para distribuir con equidad las clases antedichas tendrá el maestro anotados en un cuaderno los nombres de todos sus discípulos, poniendo sobre ellos los títulos: religión, civilidad, doctrina y al nombre de cada discípulo con relación a dichos títulos añadirá al principio de cada mes la censura de: excelente, mediano o desidioso y según esta censura distribuirá los puestos.

 

Artículo V: en el día primero y quince de cada mes habrá desafío entre los niños por disputar preferencia de los puestos de cada clase, pudiendo el del inferior desafiar al de mediano o al del superior, y el del mediano al del superior. Y el desafío se hará leyendo, escribiendo, contando o diciendo de memoria un capítulo de doctrina cristiana o un artículo de la constitución política de esta Monarquía que para que todos los párvulos la aprendan se leerán en los mismos por uno de los niños más adelantados y por mañana y tarde seis de sus artículos, despacio y con sentido, sin que se pase día de tan importante lectura, y todos, mientras se verifica, estarán en pie en sus respectivos sitios, oyéndola con la mayor atención para cuyo efecto se le proveerá a cada escuela, por los señores diputados, de una constitución política.

 

Artículo VI: para que los infantes no miren con horror las materias que estudien arreglará el maestro con prudencia la distribución de ellas de modo que se interpolen los ejercicios literarios, los de política y los de religión.

 

Artículo VII: la escuela durará seis horas cada día, tres por la mañana y otras tres por las tardes, y todas ellas las dedicarán los maestros a la práctica de la enseñanza y ejercicios literarios de leer, de escribir, de contar, de religión y de política sin hacer de ellas la menor ausencia con el pretexto de ir a dar las lecciones de los niños de fuera de ella ni con alguno otro, a no ser de una indispensable y urgentísima necesidad; pues la experiencia tiene acreditado que con semejantes ausencias quedan los párvulos abandonados y solo se ejercitan en juegos y en conversaciones las más nocivas y perjudiciales. Y así, el maestro que no cumpla con el tenor de este artículo, justificadas que le sean tres faltas notables al mes en las horas de los expresados ejercicios será removido de su ministerio con acuerdo de este ilustre cuerpo, previa la consulta y aprobación sobre su remoción del señor jefe político de esta provincia.

 

Artículo VIII: todos los días del año lo serán de escuela a excepción únicamente de los domingos y demás días feriados sin que por ningún título ni pretexto puedan los maestros arbitrariamente dispensar alguno, ya con motivo de ser el de su cumpleaños o el de su mujer, ni por ningún otro. Y en el caso de que ocurran algunas circunstancias particulares y extraordinarias como defunciones publicas deberán los maestros recurrir a los señores diputados para que estos dispensen si lo tienen a bien el día o días que les parezcan suficientes según la ocurrencia o causales que haya para ello, sin que haya más vacaciones en todo el año que las de Semana Santa y las de Pascua de Navidad.

 

Artículo IX: uno de los principales cuidados de los maestros será que desde un principio hagan que los infantes al leer y al hablar tengan buena pronunciación desterrando de ellos el mal hábito que se observa sobre el particular y procurando que hablen en castellano puro y sin vicios que también se notan y que tantos males causan a los jóvenes en su edad adulta para cualesquier destino que después emprenden y que al enseñarlos a escribir tengan igualmente el mayor celo y esmero de la buena y constante ortografía que deben usar y por cuya falta también estamos viendo no poco dolor tantos y tan malos escritores pues la escritura debe ser imagen puntual y exacta de la pronunciación de las palabras como éstas lo son de los pensamientos por lo que el maestro procurará que las palabras se escriban con aquellas letras determinadas que exprimen su sonido.

 

Artículo X: las tres horas de escuela de la tarde del sábado de cada semana se emplearán en instruir a los niños en la doctrina cristiana y demás ejercicios de religión y de política, haciéndoles los maestros, después de haber dado las lecciones de doctrina, una breve explicación del santo temor de Dios que deben tener como principio de toda sabiduría, de la obediencia a sus padres y mayores y a los señores magistrados y autoridades legítimas de la reverencia con que deben estar en el templo y mirar y tratar a los ministros del altar, del modo humilde y devoto con que deben practicar los ejercicios exteriores de religión para que ésta la respeten desde su infancia y formen concepto digno de ella y del aborrecimiento que deben tener a los vicios. También les enseñarán e instruirán en los buenos modales y actos políticos como por ejemplo en el modo de saludar a toda clase de personas, de hacer un cumplido en donde quiera que se representen del modo que han de tener en la mesa y método que en ella han de observar con todo lo demás que concierna para perfeccionarlos e instruirlos en objetos tan interesantes y por cuya falta abundan tanto las poblaciones de hombres groseros y capaces solo de tener sociedad con los salvajes. Concluidas dichas instrucciones saldrán en procesión todas las tardes de cada sábado, cantando por las calles con orden, veneración y respeto la doctrina cristiana por espacio de media hora y, volviéndose a la escuela, se concluirá ésta en dicha tarde y en los demás días con la letanía de la Virgen nuestra Señora que dirán de rodillas, delante de la imagen antedicha y los demás días rezada.

 

Artículo XI: todos los primeros domingos de cada mes tendrán confesión y comunión los párvulos que estén en edad competente y para ello se reunirán por la mañana a la hora de las siete en el verano y a las ocho en el invierno en las casas escuelas para salir en procesión y cantando la doctrina cristiana a la iglesia que el ministro designe para ejecutar dicho religioso y piadoso acto, volviéndose a ella en los mismos términos, cuidando también los maestros de llevar a los niños todos los domingos y días de fiesta que puedan a oír misa, teniendo el mayor esmero en que para tan piadosos y religiosos actos no entren en la iglesia de tropel ni estén en ella de pelotón sino en dos filas y que, en los mismos términos, vistan con respeto y con la veneración propia del templo de Dios para que causen ejemplo y no perturben la devoción a los demás fieles, como hasta el día se ha experimentado con bastante dolor de los católicos que lo miran, pues se ha visto que han entrado en tan santo lugar como si fuera el más profano, hablando, arrastrando los pies, y retozando como si fueran una multitud de bestias.

 

Artículo XII: desde que principie la Cuaresma hasta el sábado de Ramos inclusive será obligación de los maestros el designar en cada un día ocho de los niños más adelantados en la doctrina cristiana para que a las oraciones se pongan de dos en dos en los sitios más públicos para que con toda modestia, respeto y atención digan las preguntas y respuestas que del catecismo se le señalen por el maestro para que de este modo den al público este ejemplo de religión e instruyan en algún tanto a muchos adultos que la ignoran.

 

Artículo XIII: todos los años y en uno de los días del mes de enero que señale la diputación se hará examen público de doctrina cristiana con asistencia de la diputación de los señores alcaldes constitucionales y del señor vicario eclesiástico o, en su defecto, del señor cura más antiguo y en dicho día se instruirán los referidos señores de la observancia o inobservancia de los artículos de este reglamento para dar las providencias oportunas si en algunas de sus partes no se cumple exactamente y para ampliarlo en otros artículos o modificarlo según se estime por conveniente. También harán a los niños que tengan a bien las preguntas de política y de religión que conceptúen deben saber según sus edades para por sus respuestas conocer los adelantamientos que van haciendo o no en tan importantes objetos. Y en este día premiarán el mérito de los más excelentes y que se aventajen en leer, en escribir, en contar o en la doctrina cristiana con algunos libros útiles, rosarios, medallas, estampas u otras exenciones honoríficas de puestos, en las clases anteriormente referidas para, de este modo, avivar la emulación de los infantes e impulsarlos a su mayor aplicación y aprovechamiento.

 

Artículo XIV: tendrán particular cuidado y estrechísima obligación los señores diputados de presentarse todos o cada uno de por si en las escuelas en los días y horas que tengan por conveniente para inspeccionar si se observa el anterior reglamento y de cualesquiera falta que noten darán cuenta al Ilustre Ayuntamiento para que acuerde lo necesario para su remedio. Y de este reglamento se sacarán los ejemplares suficientes con testimonio del acuerdo de su aprobación para que a cada maestro se le entregue uno y le sirva de régimen inviolable. Carmona, 8 de septiembre de 1813. Firma: Rafael de Aguilar Tablada.

(A.M.C, Actas Capitulares, Libro 228).

 

LA FIESTA DEL CORPUS EN LA CARMONA PRE-TRIDENTINA

 

 

 

Esteban Mira Caballos

 

En estas líneas vamos a reconstruir la fiesta del Corpus en la Carmona de la primera mitad del siglo XVI. Sobre esta cuestión contábamos con un trabajo monográfico1 que nosotros vamos a ampliar en base a documentación inédita. Concretamente se trata de un proceso que emprendieron determinados gremios carmonenses contra el concejo, para eludir el pago de los costes de la mencionada fiesta2.

Un aspecto que nos llama la atención es que nuevamente documentamos el afán de Carmona por mirarse en el espejo de Sevilla. En esta ocasión no sólo observamos una gran similitud en la estructura en el cortejo sino que la decisión de los gremios carmonense de acudir a la justicia fue una respuesta al proceso que habían iniciado sus colegas sevillanos.

El pago de los gastos del desfile procesional por parte de los gremios era justificado por los miembros del concejo afirmando que así se hacía en Sevilla "que es cabeza del Obispado"3. Es más, tres gremios sevillanos -plateros, confiteros y albañiles- venían pleiteando en la Chancillería de Granada desde 1527, consiguiendo inicialmente una sentencia favorable en 1552 y de forma definitiva en 15544. Pues, bien, como ya hemos afirmado, animados por sus colegas sevillanos, trece gremios carmonenses decidieron emprender la misma lucha como veremos en las líneas siguientes.

 

1.-PROCESO ENTRE LOS GREMIOS Y EL CONCEJO DE CARMONA

 

Al menos desde finales del siglo XV el Corpus Christi venía siendo financiado por las distintas corporaciones laborales de la entonces villa de Carmona. Como ya hemos mencionado, los gremios carmonenses comenzaron una oposición en la década de los cuarenta que les llevó a apelar a las más altas instancias judiciales. Los trece gremios que decidieron interponer juicio ante los oidores reales, frente a la élite concejil, fueron los siguientes: los herreros, los tundidores, los cerrajeros, los sastres, los rabadanes, los atahoneros, los carpinteros, los ganaderos, los caleros, los arrieros, los panaderos, los zapateros, y finalmente los empedradores5. Los representantes de los gremios carmonenses otorgaron, el 21 de mayo de 1548, escritura de poder a favor de Francisco Vençon, procurador de causas en la Audiencia granadina. Cinco días después, y sin que conozcamos los motivos exactos, Vençon dejaba el cargo en favor de otro procurador llamado Francisco de Santiesteban6.

Este último sería quien representase finalmente a los gremios carmonenses. Para empezar pidió que fuesen liberados varios maestros que los diputados y el procurador mayor de la localidad tenían presos por no pagar los pechos del Corpus. Para ello afirmó que tales personas eran pobres y que sin su trabajo no tendrían de qué mantenerse sus familias.

Por otro lado, las justificaciones que empleó Santiesteban para suspender la contribución de sus representados en el Corpus fueron las siguientes: primero que el concejo de Carmona no tenía "título ni causa alguna" para efectuar tal derrama. Segundo, que el caso de Carmona no era comparable a Sevilla porque en esta ciudad "hay tantos oficiales que por mucho que se les reparta no sale a medio real". Y tercero que su parte era muy pobre para abonar otra imposición que mejor sería que se pagase "a costa de las fábricas de las iglesias de la dicha villa o de los propios...". Esta última reivindicación parece muy dura para la época ya que atacaba de lleno a los dos grandes poderes, es decir, la Iglesia y el Estado.

El representante del Concejo carmonense alegó: uno, que, como ya se había dicho a lo largo del proceso, esa misma imposición se pagaba en Sevilla que era el referente lógico de Carmona. Y dos, que la imposición era muy reducida y que además evitaba que los maestros gremiales se gastasen el dinero en "comer y beber y otras cosas indebidas". En cualquier caso en agosto de 1548 la Corona expidió una Real Cédula autorizando a los carmonenses a repartirse las costas del proceso y por tanto a proseguir con sus demandas.

Desconocemos la sentencia del pleito, porque la documentación se encuentra incompleta7, pero es seguro que debió ser similar a la que se dictó el 15 de julio de 1552 para Sevilla en que liberó definitivamente a los gremios del pago de los costes de la fiesta del Corpus. Es probable que desde mediados del siglo XVI, el importe de esta importante fiesta religiosas recayese sobre el erario del concejo.

 

2.-LA ORGANIZACIÓN DEL CORTEJO

Se conocía perfectamente la organización del cortejo entre finales del siglo XV y principios del XVI. Pues bien, Comparando la disposición de los gremios y las "invenciones" que sacaban en 1513 con las de 1548 podemos afirmar que en todo este período de tiempo permaneció prácticamente invariable.

El cortejo lo encabezaba una tarasca que sacaban los mesoneros, venteros y cazadores. Se trataba de una serpiente monstruosa y articulada. Dichos gremios conservaban la estructura de madera, obligándose a renovar anualmente el paño que cubría el cuerpo y la cabeza. Sostiene María Jesús Sanz que la tarasca era un fenómeno europeo en el Corpus del siglo XVI8.

Seguidamente iba un espartero y una espartera "hilando con sus vejigas y su panderete y chapas". Normalmente estos actores eran contratados, corriendo los gastos de esta escena a cargo de los esparteros, alabarderos, "pañideros y pañideras".

A continuación venían otros gremios con sus rocas o castillos y el pendón de su oficio, siguiendo el modelo sevillano. Al parecer estos castillos llegaron a la capital Hispalense por influencia del Corpus toledano9. Por lo demás desconocemos la estructura de estos carros aunque debieron ser en su mayor parte de 3,5 varas de largo por 2 de ancho, siendo portada a modo de andas por personas del gremio correspondiente10.

El primero de esos gremios eran los arrieros y carreteros que tradicionalmente habían sacado un castillo con "San Antón y una ermita, con una doncella y tres diablos"11. Sin embargo en 1548 ya no exhibían dicha roca sino tan sólo una danza, "un pendón de lienzo pintado con la figura de San Antón" y un tamborino.

Los carpinteros, albañiles, cantareros, tejeros y caleros desfilaban con un castillo representando la Salutación de Nuestra Señora y delante un pendón con la invención de su oficio.

Los rabadanes, vaqueros, yegüerizos y albardanes sacaban un castillo en el que se representaba lo siguiente:

 

 

"El filisteo y el Rey David el cual vaya vestido de seda y una corona dorada en la cabeza y los muchachos -eran cuatro- buenos caballetes y bien vestidos y seis danzantes bien vestidos y un toro pintado agarrochándolo al son de tamborino".

 

Los taberneros y pescaderas participaban con "la danza de espadas de doce danzantes..." y un guión con la invención de su oficio. Zapateros y curtidores portaban "a Jusepe y la María" con su hijo, es decir, representaban la escena del Nacimiento, junto al pendón con su oficio como era costumbre.

Los hortelanos y las vendederas costeaban una roca con la Resurrección de Jesucristo ante María Magdalena, además del pendón con la invención de su oficio. Pastores y barberos sacaban a "San Bartolomé y el diablillo", como solían -según se especifica en este documento-. Especieros, agujeteros, corredores, y cordoneros desfilaban junto a un castillo con San Miguel y seis danzantes. Los armeros, herreros, cordoneros, corredores caldereros y cerrajeros sacaban una danza de diez danzantes y su tamborino. Panaderos y horneros cambiaron su tradicional representación de la "Visitación de Nuestra Señora a Santa Isabel", por el del "Bautismo de Cristo" que portaban poco antes de mediar el siglo. Los molineros de pan y de aceite, los medidores de aceite y los engarrafadores sacaban a seis danzantes con su tamborino. Los sastres y las costureras sacaban a San Fernando. El cortejo procesional terminaba con el desfile de un ostensorio o custodia portátil bajopalio.

Y finalmente los tejedores sacaban la nube que quedaba montaba todos los años en la plaza del Salvador12. En la nube se representaba a Jesús Resucitado con María, Santo Domingo y San Francisco y cuatro muchachos cantando el "pange lingua".

A modo de conclusión debemos decir que ha quedado descrita la procesión en la fiesta del Corpus en las décadas anteriores al Concilio de Trento. No obstante, sería conveniente comprobar como continuó su evolución el cortejo procesional después del Concilio de Trento y ya en el XVII durante la contrarreforma. Esos importantes aspectos lo dejamos para futuras investigaciones.

 

APENDICE DOCUMENTAL

 

Condiciones para sacar la nube.

 

"En el nombre de Dios Todopoderoso y de la bienaventurada Virgen Santa María su bendita Madre amén. Las condiciones que ha de cumplir el que saque la nube el día del Corpus Christi son las siguientes:

Primeramente que el que hubiere de sacar el oficio ha de llevar una muchacha que tenga buena voz y buen cuerpo y que lleve un say(i)to con sus plazas y su diadema y su cabellera y sus guantes y tres lanzas coloradas y los hierros plateados y que lleve una capa colorada de zarzahan.

Es condición que lleve una María hermosa y de buena voz que vaya adornada de buenas ropas honestas como le pertenecían y que lleve dos frailes el uno de Santo Domingo y el otro de San Francisco.

Que lleve cuatro muchachos con sus albas y amitos y con sus guirnaldas y que vaya cantando (el) "Pange lingua".

Ha de llevar doce hombres blancos, que no vaya negro ninguno para llevar la nube.

Ha de tener ataviada la nube para que se pueda armar la víspera del Corpus Christi y la arme la dicha víspera.

Ha de poner el día del Corpus Christi la dicha nube armada con todo lo susodicho en la plaza de San Salvador por la mañana como es uso y costumbre.

Es condición que el que sacare la dicha nube ponga a su costa todas las cosas de que tuviere necesidad así de jabón como de cordeles y de todas las otras cosas que fueren necesarias para la dicha nube.

Ítem es condición que eche en la frontera de una roca un travesaño y un crucero y una chaveta y en el otro cabo de la misma roca adobe un(a) espiga del travesaño de abajo y eche un clavo en una ristra y eche los clavos que fueren menester en una abrazadera de hierro a tres esquinas del tillado que sean más cumplidas y más gordas que la que está puesta en la otra esquina y que tengan las calzas y el say(i)to y refresquen las llagas.

Es condición que el que sacare la nube la desarme y la ponga donde los alcaldes del oficio la mandaren desarmándola el día del Corpus Christi antes de comer.

Es condición que antes que cobre ninguna pecha el que sacare la dicha nube contente de fianzas a los alcaldes del dicho oficio.

Es condición que el que sacare la dicha nube que pague seis reales de la guarda de la nube y más dos reales de las condiciones y que vuelva los guantes y que pague el remate de la nube y si la nube parare por culpa de el que sacare la nube que pague la pena que Carmona le quisiere llevar.

Es condición que ponga la clavazón que fuere menester para la nube, dándole la vieja.

(A.Ch.G. Cabina 3ª, Leg. 624, Nº 12).

 

1  GONZALEZ JIMÉNEZ, Manuel: "La fiesta del Corpus en Carmona hace cinco siglos", Carmona y su Virgen de Gracia. Carmona, 1973, s/p. En este trabajo se reconstruye el cortejo procesional a través de un cuaderno de los oficios que se sacaban en la citada fiesta en 1513. Algunos datos complementarios se ofrecen en el reciente trabajo de Antonio LERÍA: Cofradías de Carmona, de los orígenes a la Ilustración. Carmona, 1998, pp. 30-32.

2    Proceso de Luis de Salazar contra el Concejo de Carmona, 1548. A.Ch.G., Cabina 3ª, Leg. 624, Nº 12.

3    IBIDEM.

4    SANZ, María Jesús: "El Corpus en Sevillano a mediados del siglo XVI. Castillos y danzas", Laboratorio de Arte Nº 10. Sevilla, 1997, p. 124.

5    Cada uno de los gremios nombró a uno o dos de sus miembros como representantes: los herreros a Pedro Vaca, los tundidores a Agustín Gutiérrez, los cerrajeros a Luis de San Martín, los sastres a Andrés del Real, los rabadanes a Lorenzo Hernández, los atahoneros a Pedro Martín Gavira, los carpinteros a Hernán Pérez, los ganaderos a Cristóbal Cepero y Alonso Fernández, los caleros a Pedro Martín Cadenas, los arrieros a Antón Martín Miradero, los panaderos a Cristóbal Cortés, los zapateros a Juan de Úbeda, y finalmente los empedradores a Pedro Franco.

6    Carta de sustitución en favor de Francisco de Santiesteban, Granada, 26 de mayo de 1548. A.Ch.G., Cabina 3ª, Leg. 624, Nº 12.

7    Falta tanto el interrogatorio como las diligencias finales y la sentencia.

8    SANZ: Ob. Cit., p. 125.

9    SANZ SERRANO: Ob. Cit., p. 133.

10    IBIDEM.

11    Este castillo sacaban en 1513. GONZÁLEZ JIMÉNEZ: Ob. Cit. s/p.

12    Véase el apéndice I.

 

HERMANDADES EN CARMONA A FINALES DE LA EDAD MODERNA: UN ANÁLISIS FLOBAL

 

Por Esteban Mira Caballos

 

En estas pocas páginas haremos un análisis general sobre las hermandades y las cofradías carmonenses a finales del Antiguo Régimen. Para ello, la primera dificultad a la que nos enfrentamos es saber exactamente cuántas, del casi medio centenar de hermandades y cofradías fundadas en Carmona desde la Baja Edad Media, subsistían a finales de la centuria decimoctava. Y en este sentido diremos que se conoce desde hace ya algunos años una interesantísima lista de las cofradías existentes en Carmona con sus respectivos priostes, fechada en julio de 17981. Tenemos la certeza de que la relación no es completa, pues, faltan algunas que subsistían de forma más o menos precaria. Cofradías que pasaban por un paréntesis en su organización y que no tenían juntas de gobierno; otras que estaban en una situación que podríamos llamar de “alegalidad”, pues, no tenían sus reglas aprobadas o no las había rubricado en el Consejo de Castilla; y finalmente, otras cuyo escaso presupuesto solo les permitía subsistir bajo mínimos, celebrando una o dos funciones anuales ante su imagen titular.

No obstante, como para hacer cálculos exactos hay que objetivizar los datos disponibles, vamos a tomar como base para el análisis, la relación de hermandades y cofradías que nos ofrece el citado documento de 17982.

 

CUADRO I

HERMANDADES Y COFRADÍAS EN CARMONA EN 17983

 

CORPORACIÓN

PRIOSTE

Hermandad Sacramental de Santa María

José Ruiz Castillo

Hermandad Sacramental de San Salvador

Cristóbal Baena

Hermandad Sacramental de San Bartolomé

José Ignacio Domínguez

Hermandad Sacramental de San Felipe

José Ignacio Fernández

Hermandad Sacramental de Santiago

Fernando Pérez de Baena

Hermandad Sacramental de San Blas

José Fajardo

Hermandad Sacramental de San Pedro

Vicente Benítez

Hermandad de Ánimas de Santa María

Jerónimo Acuña

Hermandad de Ánimas de San Salvador

Juan José Mejías

Hermandad de Ánimas de San Bartolomé

Ramón Benítez

Hermandad de Ánimas de San Felipe

Pedro Ruiz

Hermandad de Ánimas de Santiago

Juan María Rodríguez

Hermandad de Ánimas de San Blas

Juan Caro Losilla

Hermandad de Ánimas de San Pedro

José Montero

Hermandad de Belén

Francisco Baptista

Hermandad del Rosario

Felipe García

Hermandad del Escapulario

Francisco García

Cofradía de la Esperanza

Sebastián de Vega

Cofradía de Jesús Nazareno

Juan Miguel Ojeda

Cofradía de la Columna

Cristóbal Navarro

Cofradía de la Expiración

Vicente Ruiz

Cofradía de la Humildad

--

Cofradía de la Sentencia

Francisco Miguens

Cofradía de la Amargura

José Pérez

Cofradía de las Angustias

Juan Cervera

Cofradía de la Veracruz

Bartolomé González

Congregación de los Servitas

Miguel Fajardo

Esclavitud de Nuestra Señora de los Dolores

Manuela de Armijo

Hermandad de la Santa Caridad y Misericordia

Pedro Cansino

 

Como se puede observar, figuraban 29 corporaciones, contando la de la Humildad y Paciencia que pasaba por difíciles momentos de continuidad. Pero, hemos decidido incluir cuatro corporaciones más porque tenemos totalmente acreditada su vigencia en ese año y en los subsiguientes:

 

-La hermandad de clérigos “in sacris” de Santa Bárbara, sita en la iglesia prioral de Santa María.

-La cofradía de la Soledad y el Santo Entierro que tenía su sede canónica en el convento del Carmen.

-La Hermandad rosariana de la Aurora, sita en el hospital de San Pedro.

-Y, finalmente, la de San José, ubicada desde 1659 en el templo parroquial de San Pedro.

Probablemente seguían activas otras, como la de Santa Lucía –muy dinámica al menos en el siglo XVII- o la de San Bartolomé de la iglesia de esta última advocación. También la del Buen Suceso del Angostillo –pese a sus problemas con los presbíteros de San Pedro- y, muy probablemente, la hermandad del Dulce Nombre del convento de Santo Domingo, entre algunas otras. También tenemos noticias de una hermandad del Niño Jesús de los Dolores, sita en el convento de San José y que estaba en activo a principios del siglo XVIII4. De todas estas cofradías, al no tener certeza absoluta de que siguieran realmente en activo a finales del siglo XVIII hemos decidido dejarlas fuera de la lista. No así las cuatro citadas anteriormente que dejan el número de cofradías existentes en Carmona a finales del Antiguo Régimen en treinta y tres. Probablemente la cifra no sea exacta, pero nos puede servir como punto de partida para hacer algunos cálculos.

En las páginas que vienen a continuación intentaremos plantear algunas valoraciones sobre el fenómeno cofradiero en Carmona a finales del Antiguo Régimen.

 

1.-NÚMERO DE COFRADÍAS POR HABITANTES

 

Tenemos dos datos fundamentales para conocer la ratio cofradías- habitantes. Por un lado, sabemos que a finales del siglo XVIII subsistían unas 33 cofradías, de un total de 19.024 que había en todo el reino de Castilla. Y por el otro, sabemos que Carmona por aquel entonces tenía unos 15.703 habitantes5. Poniendo en relación ambos datos, tenemos que en Carmona había una cofradía por cada 475,84 habitantes. Es decir, redondeando, en nuestra ciudad había más o menos una cofradía por cada 500 habitantes. Una ratio que puede considerarse media dentro del panorama cofradiero nacional. Había, en números relativos, menos cofradías que en el propio arzobispado hispalense, donde se calculaba unas 300 personas por cofradía, o en la provincia de Córdoba con 361 habitantes por cofradía. Sin embargo, sí que había más cofradías que en Écija, por ejemplo, donde se estimaba que había en el siglo XVIII unos 30.000 habitantes y 49 cofradías, lo que resultaba ser una cofradía por cada 612 habitantes.

En cualquier caso, el número de corporaciones existentes en Carmona era, al igual que en otras regiones de España, bastante elevado. Tengamos en cuenta que las cofradías eran un movimiento genuinamente masculino –pese a la existencia de algunos institutos rosarianos, vinculados más a la mujer-, pues, eran los cabezas de familia los que solían estar afiliados, aunque eso sí, beneficiándose de ello todos los miembros de la familia. Por ello, si el dato en vez de calcularlo en habitantes lo hacemos en vecinos o cabezas de familia las cifras resultantes son todavía más llamativas. Teniendo en cuenta que, en 1791, había en Carmona unos 3.4746 vecinos, nos sale una ratio de una cofradía por cada 105 vecinos. En definitiva, prácticamente estaban implicadas en las cofradías todas las familias carmonenses, pues, esto equivalía a tener un verdadero seguro de vida para el asegurado y su prole.

Como ya expuso hace décadas el profesor Rumeu de Armas, en unos tiempos donde no había seguros de desempleo, ni seguridad social, la única garantía de subsistencia en momentos adversos dependía exclusivamente de las acciones caritativas de la corporación a la que cada uno perteneciese7. Por eso, casi todas las cofradías tenían una doble vertiente: una, muy importante que era la devocional, y otra, no menos relevante que era la asistencial. Lo espiritual y lo terrenal de la mano; centros de devoción por un lado y verdaderas compañías de seguros por el otro. Había cofradías que pedían una mayor cuantía por ingreso y por pecho anual, proporcionando a sus hermanos un enterramiento más “digno”. Otras, incluso, tenían estipulado un número determinado de blandones alumbrando el cuerpo del finado, dependiendo de las cotizaciones que éste hubiese aportado.

No le faltaba razón a Jorge Manrique cuando dijo, siglos atrás, que la muerte era la gran igualadora de las personas. Pero hay que establecer un matiz, la muerte podía igualar pero las pompas fúnebres no; estas últimas constituían el último acto social del finado. En aquellos tiempos, los nobles, los hidalgos y los pudientes querían morir y ser enterrados con una dignidad acorde a su rango que marcara además las diferencias con los plebeyos. Así somos las personas, ¡orgullo, genio y figura hasta en el duro trance de la muerte!

 

2.-TIPOLOGÍA DE LAS COFRADÍAS

En Carmona encontramos una amplia gama de corporaciones religiosas, a saber: de ánimas, sacramentales, cristíferas, de santos, marianas y caritativas. Todas ellas eran abiertas socialmente, es decir, compuestas por personas de diversa condición socio-económica. No había, pues, cofradías de ricos y cofradías de pobres. La única limitación que imponían las cofradías era que el aspirante a hermano no fuese perseguido por la Santa Inquisición o descendiente de moriscos o judíos. No exigían un determinado nivel de renta para pertenecer a ella, más allá de poseer un “oficio digno”. Son mínimos comunes que repiten sin cesar casi todos los estatutos de las hermandades en la Edad Moderna. No obstante, es cierto que había algunas hermandades tradicionalmente vinculadas a la élite, como la de la Misericordia o la Sacramental de Santa María, pero no porque lo impusiesen sus ordenanzas.

Tampoco existían en nuestra localidad hermandades étnicas –de negros-, similares a la de los Negritos de Sevilla o a la de los Morenos de Santa María del Castillo de Badajoz. Y finalmente, no había las llamadas cofradías de naturales –como la de burgaleses de Sevilla o la de andaluces de Madrid-. Y ello, probablemente porque los forasteros de cada región, residentes en Carmona, debieron ser demasiado pocos como para constituirse en cofradía.

 

 

 

 

CUADRO II

TIPOLOGÍA DE LAS HERMANDADES CARMONENSES

 

TIPOLOGÍA

Nº ABSOLUTO

PORCENTAJE

Sacramentales y de Ánimas

14

42,42

Marianas

10

30,30

Cristíferas

6

18,18

De santos

2

6,06

Asistenciales

1

3,03

TOTALES

33

100,00

 

Entre las tipologías dominaban ampliamente las Sacramentales y las de Ánimas, hermandades post-tridentinas que tuvieron mucha aceptación a lo largo de la Edad Moderna. Ya comentamos en otro número de esta misma publicación que, aunque hoy arrastran a pocos fieles, antaño eran corporaciones bastante populosas y poderosas social y económicamente. En Carmona había sacramentales en cada una de las siete parroquias y, otras tantas, dedicadas a las Ánimas del purgatorio. Así, pues, 14 cofradías de 33 lo que nos da un porcentaje del 42,42 por ciento del total. Se trata de una proporción muy elevada, y bastante superior al 16,31 por ciento que suponían en el partido de Badajoz y al poco menos del 20 por ciento que representaban, por esas mismas fechas, en la provincia de Córdoba8.

Le seguían en importancia las marianas que sumaban 10 institutos lo que suponía casi la tercera parte de todas las cofradías, porcentaje muy similar al que encontramos en la archidiócesis Hispalenses y en otras demarcaciones territoriales españolas. De hecho, en la provincia de Córdoba había 227 corporaciones marianas lo que suponía el 33,77 por ciento del total. Asimismo, en el partido de Badajoz sumaban 83, es decir, el 28,81 por ciento, cifra sensiblemente inferior a la carmonense.

Las dedicadas a la figura de Cristo eran tan sólo seis, lo que suponía el 18,18 por ciento del total, número muy similar a la que encontramos en Córdoba -18,89 por ciento- y algo superior a la del partido de Badajoz -13,54 por ciento-.

Mucho más marginales eran las cofradías de santos –tan solo dos-. Llama la atención su escaso número, pese a que la mayoría de ellas solían tener una vieja raigambre bajomedieval. De hecho, en el resto de España seguían siendo frecuentes las dedicadas a San Roque, San Blas, San Antonio Abad o Santa Lucía. Y solo citaré dos datos al respecto: por las mismas fechas había en la provincia de Córdoba nada menos que 119 cofradías de santos -el 17,70 por ciento del total-, mientras que en el partido de Badajoz había 96 –el 33,33 por ciento-. Hubo en Carmona muchas cofradías de estas advocaciones en los siglos XV y XVI, como las de San Sebastián, San Roque, San Blas, San Andrés, Santa Lucía, San Bartolomé, etcétera. Pero casi todas ellas habían desaparecido o estaban al borde de su extinción a finales del Antiguo Régimen.

Finalmente, tan solo encontramos una cofradía puramente asistencial, la cofradía de la Santa Caridad y Misericordia. Ésta, como es bien sabido, era fruto de una fusión de dos hermandades –la de la Caridad y la de la Misericordia- ocurrida en el siglo XVII.

Sirvan estas pocas valoraciones para conocer algo más del pasado cofradiero de Carmona. De unas cofradías que viven un magnífico presente pero que también poseen un rico, complejo y apasionante pasado.

1 GARCÍA RODRÍGUEZ, Antonio y José GONZÁLEZ ISIDORO: Las imágenes titulares de la cofradía carmonense de la Humildad y Paciencia. Carmona, 1983, págs. 38-39.

2 En 1770 el Conde de Aranda ordenó a todos los corregidores y alcaldes mayores de España que remitieran un informe con las cofradías que había en sus distintas demarcaciones, especificando sus rentas, su tipo de aprobación y las fiestas que celebraba. Para muchas ciudades de España se conserva dicho expediente en el Archivo Histórico Nacional. Sin embargo, aunque lo buscamos con esmero, el informe del corregidor de Carmona no apareció. Desconocemos si lo llegó a remitir o si, como algunos otros corregidores, hizo caso omiso a la disposición.

3 Ibídem.

4 Concretamente Juan de Maqueda declaró en su testamento, fechado en Carmona el 7 de agosto de 1705 pertenecer a dicho instituto. A.P.C. Escribanía de José Ruiz Bravo 1705, fols. 108r-109r.

5 MIRA CABALLOS, Esteban: La población en Carmona a finales del siglo XVIII. Carmona, 1994, pág. 135.

6 Ibídem, pág. 43.

7 En este sentido puede verse la pionera obra de RUMEU DE ARMAS, Antonio: Historia de la previsión social en España: cofradías, gremios, hermandades, montepíos. Madrid, Editorial Revista de Derecho Privado, 1944.

8 Al respecto pueden verse mis trabajos: Hermandades y cofradías en el partido de Badajoz. Badajoz, Junta de Extremadura, 2002 y “Hermandades y cofradías en la provincia de Córdoba a través del censo de 1773”, Ariadna Nº 17. Palma del Río, 2004, págs. 245-272.