Blogia
Temas de historia y actualidad

MUJERES HEREJES Y LA INQUISICIÓN SEVILLANA

MUJERES HEREJES Y LA INQUISICIÓN SEVILLANA

 

 

          Hace unos días mi amigo Emilio Monjo me regaló varios libros que han sido de gran valía para mí y que me han inspirado este pequeño artículo, a modo de reseña colectiva de las tres obras: primera, la edición en castellano de la obra de Ernst H.J. Schäfer “protestantismo español e inquisición en el siglo XVI”, editada en alemán en 1902 y traducida por Francisco Ruiz de Pablos (Sevilla, CIMPE, 2015). Se trata de una obra fundamental que prácticamente ha pasado desapercibida para los historiadores españoles dada la dificultad idiomática. Segunda, la tesis doctoral de Tomás López Muñoz, titulada La Reforma en la Sevilla del siglo XVI (Sevilla, CIMPE, 2016), una obra documentadísima sobre el protestantismo español del siglo XVI y su brutal represión. Y tercera, las Actas de las I Jornadas de Historia de Monesterio, editadas en marzo de 2019 con tres artículos muy interesantes, firmados por mi amigo Andrés Oyola Fabián, Emilio Monjo y Pablo Luis Nogues Chavero. De especial interés para mí es el tercero de los autores que desarrolla un trabajo meritorio, aunque de síntesis, en base a la obra de Tomás Muñoz, sobre la mujer en la reforma protestante de la Sevilla del siglo XVI.

          Me ha llamado la atención la dureza con la que fue reprimido el brote luterano español del siglo XVI, lo cual tiene su lógica dado el estado casticista que se quería conformar en España desde tiempos de los Reyes Católicos. Y para eso estaba la Inquisición, para evitar la herejía y el surgimiento de iluminados y reformistas. Y es cierto que se evitaron las guerras de religión que azotaron Europa pero el precio que pagaron estos protestantes españoles fue muy alto.

          Ernst Schäfer estudio 2.100 casos de personas procesadas por protestantismo por la inquisición de las cuales 220 fueron calcinadas y 120 más lo fueron en estatua, bien por no comparecer o bien por haber fallecido (2015: 343). Eso implica que, en total, los quemados en la hoguera realmente fueron un 10,47 por ciento de los procesados, o un 16,19 por ciento si incluimos a los que lo fueron en efigie. Es decir, “solo” uno de cada diez procesados fueron calcinados en los autos de la Inquisición, un porcentaje más alto del habitual, algo que se puede entender en la lógica inquisitorial dado que no se trataba de asuntos menores, como blasfemias, sino de un brote protestante.

          Dentro del brote protestante el foco sevillano tuvo una especial importancia, transmitido por el contacto con predicadores como Egidio o Constantino de la Fuente y que llegaron a crear una sede luterana que ellos llamaban “iglesia chiquita”. Hubo religiosos de cenobios masculinos y femeninos de Sevilla que estuvieron implicados. En el caso de las féminas, los de Santa Paula y Santa Isabel que más bien fueron víctimas de la persuasión reformista de los predicadores con los que tuvieron contacto.

          Se hicieron en Sevilla tres grandes autos de fe: en el del 24 de septiembre de 1559 fueron condenadas a  la hoguera en la sevillana Plaza de San Francisco ocho mujeres, a saber: María de Bohórquez, María Coronel, María de Virués, Francisca López, María de Cornejo, Isabel de Baena, Catalina González y María González. En el del 22 de diciembre de 1560 fueron chamuscadas otras ocho: Francisca de Chaves, Ana de Ribera, Francisca Ruiz, María Gómez, Catalina Sarmiento, Juana de Mazuelos, Leonor Gómez, Luisa Manuel y María Manuel. Y finalmente en el auto del 26 de abril de 1562 celebrado igualmente en la Plaza de San Francisco, fueron quemadas otras siete: Catalina Villalobos, Leonor Gómez, Elvira Núñez, Teresa Gómez y Leonor Gómez, Ana de Mairena y María de Trigueros.  En total, veintitrés mujeres quemadas en Sevilla entre 1559 y 1562 (Nogues Chavero, 2019: 75-76). Y ello sin contar varias decenas más que sufrieron condenas “menores” de reclusión en la cárcel de la inquisición –algunas murieron en el castillo de Triana sin ver la libertad-, expropiación de bienes, azotes, torturas, etc.

          Un caso que me ha conmovido especialmente es el de María de Bohórquez, una religiosa de 26 años, firmemente defensora de sus ideas luteranas que le había inculcado Egidio en sus homilías conventuales y también por las prédicas de Casiodoro de Reina. Detenida por la inquisición, en ningún momento negó su pertenencia al movimiento luterano y sus inquebrantables convicciones. Pese a que sufrió todo tipo de suplicios y de torturas fue imposible hacerla abjurar por lo que fue condenada a la hoguera por “hereje dogmatizadora de la secta luterana y pertinaz hasta el tablado” (López Muñoz, 2016: I, 193-195). Camino del patíbulo hubo que ponerle una mordaza porque trataba de predicar a los asistentes a tan macabro espectáculo. Justo antes de ser quemada se le pidió que abjurara y no lo quiso hacer. Pero los inquisidores se apiadaron de ella y se conformaron con que recitara el Credo. Lo hizo por los que el Santo Oficio le aplicó finalmente la muerte por garrote vil (asfixia) y, una vez muerta, la calcinaron en el quemadero de San Sebastián por hereje.

          También llamativas me han resultado las consideraciones que los miembros del Santo Oficio tuvieron con Elvira Núñez que fue relajada estando embaraza. Evitaron someter a la rea a torturas para no perjudicar su embarazo. Resulta curioso que una de las investigaciones que se hicieron fue para determinar si quedo o no preñada en la cárcel inquisitorial. La conclusión fue que ya llegó embarazada pero solo la pesquisa nos hace pensar, como afirma Nogues Chavero, que podía ser más o menos frecuente la violación de las reas en las cáceles del Santo Oficio. Tuvieron el detalle de esperar al parto, dar el niño en adopción, y después proceder a calcinarla en la hoguera.

          Obviamente, todos estos casos hay que contemplarlos en el contexto de la época. Es posible, como defienden ahora algunos historiadores, que el Santo Tribunal no fuese más sanguinario ni más duro que cualquier tribunal ordinario del resto de España o de Europa. No lo dudo; y a la luz quedan los desvelos por tratar siempre de evitar la cruenta muerte en la hoguera. De hecho, si cualquier reo  abjuraba, aunque fuese unos segundos antes, se le aplicaba la muerte por asfixia y se le quemaba una vez muerto, evitando el largo suplicio de la hoguera. Pero, cada cosa en su justa medida, de ahí a considerarlo, como algunos sostienen en la actualidad en el marco de la Leyenda negra, un tribunal garante de los derechos humanos o el más garantista de Europa me parece una exageración y un despropósito.

 

 

PARA SABER MÁS:

 

 

LÓPEZ MUÑOZ, Tomás: “La Reforma en la Sevilla del siglo XVI”. Sevilla, CIMPE, 2016.

 

LUTTIKHUIZEN, Francés: España y la Reforma protestante (1517-2017). Vigo, Editorial Academia de Hispanismo, 2018.

 

MONJO BELLIDO, Emilio, Andrés OYOLA FABIÁN Y  Pablo Luis NOGUESCHAVERO: “Casiodoro de Reina: la Reforma española, Actas de la I Jornada de Historia en Monesterio”. Sevilla, 2019.

 

SCHÄFER, Ernst H. J.: “Protestantismo español e Inquisición en el siglo XVI”. Sevilla, CIMPE, 2015.

 

 

 

 

ESTEBAN MIRA CABALLOS     

0 comentarios