Blogia
Temas de historia y actualidad

LA FUSIÓN ENTRE LAS COFRADÍAS CARMONENSES DE LA MISERICORDIA Y DE LA SANTA CARIDAD (1670)

LA FUSIÓN ENTRE LAS COFRADÍAS CARMONENSES DE  LA MISERICORDIA Y DE LA SANTA CARIDAD (1670)

        Desde la Baja Edad Media la cofradía de la Misericordia jugó un papel muy destacado dentro de la vida religiosa y sobre todo asistencial de Carmona. Pese a ello, y al margen de algunas referencias esporádicas en artículos referidos al Hospital del mismo nombre, su historia sigue siendo hoy en día una gran desconocida.

        Al parecer esta cofradía se fundó a finales del siglo XIV o principios del siglo XV, teniendo como cometido fundamental la asistencia a los presos y a los "pobres vergonzantes". Al menos desde principios del siglo XVI tenía su propio hospital siendo, pues, una más de tantas cofradías asociadas a pequeños hospicios que existían en nuestra localidad. Un golpe de suerte hizo que en el testamento de la Duquesa de Arcos, protocolizado el 5 de abril de 1511, ante Alonso de Baeza, escribano público de Carmona, se dotase a esta cofradía y hospital de un considerable legado. Como es bien sabido, en el testamento se nombraba a la cofradía y al hospital de la Misericordia como heredero universal de sus bienes, con el objetivo expreso de que "se reciban y provean y curen y remedien trece pobres". En el mismo texto de la fusión que ahora comentamos se citaban las obligaciones que tenía contraída dicha cofradía:

 

 

            “La fundación de dicha cofradía fue con obligación de que el prioste hermanos de ella acudiesen a enterrar los cuerpos de los pobres de solemnidad que fallecieren en esta ciudad y su término y acompañar hasta el suplicio a los que por la justicia Real de Su Majestad mandasen ajusticiar y enterrar sus cuerpos y dar en cada un año por el día de Sábado Santo a los pobres de la collación de Santiago de esta ciudad una limosna de pan y carne...".

 

 

        Desde muy pronto esta cofradía se fue poblando de miembros de la élite cabildante y de la alta jerarquía religiosa local. Y es que con frecuencia estas asociaciones caritativas solían estar integradas por las personas más pudientes de cada villa, pues, se suponía que la nobleza y la élite, tenían una obligación moral con los grupos sociales más desfavorecidos. Incluso, antes de la donación de doña Beatriz Pacheco, ya encontramos a destacados personajes carmonenses vinculados a este instituto. De hecho, en 1511, con motivo de la donación, había dos hermanos mayores, don Luis de Romera y don Fernando Montes de Oca, ambos pertenecientes a la élite hidalga de la localidad. 

            Pues, bien, hasta la fecha no se sabía nada de la cuestión de la fusión tratada en este artículo. Es más, ni tan siquiera se tenían noticias de la otra hermandad asistencial, intitulada de la Santa Caridad, y con sede en el arrabal. La historiografía afirmaba erróneamente que lo único que ocurrió en el siglo XVII fue un cambio de nombre, dejando de llamarse Cofradía de la Misericordia y pasando a ser Caridad y Misericordia.

 

 

LA FUNDACIÓN DE LA COFRADÍA DE LA CARIDAD

 

        En principio no consta el año exacto de la fundación y de la aprobación de sus reglas de la Cofradía de la Caridad, intitulada oficialmente de "la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo". En cambio, sí constan en el expediente determinados indicios que nos pueden acercar mucho a esta fecha en cuestión. Concretamente encontramos dos datos bastante significativos: uno, sus reglas fueron aprobadas por el arzobispo Ambrosio Ignacio Espínola y Guzmán. Dos, cuando se refieren a esta hermandad se menciona como "nuevamente erigida y fundada en la ciudad de Carmona". Y tres, en 1670 se fusionó con la de la Misericordia.

            Por tanto, teniendo en cuenta que el arzobispo Espínola accedió a su cargo en 1669, y que en 1670 se fusionó con la de la Misericordia es prácticamente seguro que las reglas de esta corporación debieron aprobarse a lo largo de 1669 o, como mucho, a principios del siguiente. En nuestra opinión, fundación y aprobación de reglas debieron ocurrir consecutivamente, muy probablemente en el mismo año de 1669.

            Mucho más problemático es conocer los motivos exactos de esta erección que provocó litigios y enfrentamientos con la señera cofradía de la Misericordia. Y desde luego, por los síntomas que pasaremos a describir, tenemos fundadas sospechas de una rivalidad entre el área del arrabal, y particularmente de la parroquia de San Pedro, con la élite política, económica y religiosa de intramuros. Para empezar es necesario destacar que, la cofradía de la Misericordia, al menos en el siglo XVII, estuvo regida y controlada por los presbíteros de las parroquias intramuros y por la élite de la localidad. En cambio, llama mucho la atención que la de la Santa Caridad estuviese liderada e impulsada por los presbíteros de la iglesia de San Pedro, todos ellos destacados miembros de su junta, así como por algunos profesionales liberales, como los escribanos Francisco Blaso del Vado o Teodomiro de Cifuentes y Sarmiento. Muchos de sus miembros fundacionales, como el propio Blaso del Vado, sabemos que residían en la collación del arrabal y eran parroquianos de la iglesia de San Pedro. 

            Por otro lado, la cofradía nació “unida y agregada” a la cofradía del mismo nombre de la ciudad de Sevilla. Habida cuenta de los sucesos ocurridos años después, y que en líneas posteriores comentaremos, no sabemos si también hubo una pugna entre la hermandad sevillana de la Santa Caridad y la carmonense de la Misericordia. La corporación hispalense había nacido en 1564, es decir, mucho después que la de la Misericordia, con un fin asimismo asistencial pero, desde 1608, había experimentado un gran auge, gracias al impulso de don Miguel de Mañara. La creación de una filial en Carmona debió ser para la hermandad de la Caridad sevillana, por utilizar un conocido refrán, algo así como "poner una pica en Flandes".

 

 

LA FUSIÓN DE AMBAS CORPORACIONES 


            Como ya hemos dicho la fundación y aprobación de la hermandad de la Santa Caridad trajo consigo enfrentamientos, litigios y rivalidades con la de la Misericordia que provocó la propia intervención del arzobispo y la de su provisor. Con la intervención de dicho prelado y, por la buena voluntad de ambas partes, decidieron acabar con sus enfrentamientos y llegar a un acuerdo de fusión. Así, por un lado, la cofradía de la Misericordia dio poder para tal efecto a sus hermanos Alonso Antonio de Armijo y Tamariz y a Martín Barba de la Milla, por carta fechada el 29 de junio de 1670. Y, por el otro, la de la Caridad, el 1 de julio de 1670, nombró al mismísimo don Miguel de Mañara Vicentelo de Leca, caballero de la Orden de Calatrava y hermano mayor de la cofradía de la Caridad de Sevilla, y al carmonense Juan de Cifuentes.

            Y no tardaron en llegar a un acuerdo porque dos días después, es decir, el 3 de julio de 1670, se firmaba la fusión con las condiciones de la misma. Concretamente, se establecía lo siguiente:

 

 

            “Que ambas desde hoy en adelante para siempre jamás estén juntas y sean un cuerpo y una misma hermandad y cofradía en el uso y ejercicio de sus oficios, ejercicios y santas obras de caridad y administración de bienes y demás obras pías que cada uno de por si tenía antes de esta agregación...”

 

 

            Una vez ratificada la fusión lo primero que se hizo fue disolver las dos juntas, cesar al prioste de la Misericordia y al hermano mayor de la Caridad y nombrar un gobierno interino. Quedaba en manos del arzobispo el designar un hermano mayor que se hiciera cargo de la corporación hasta el día de Pascua en que se debían nombrar, en cabildo general, nueva junta de gobierno.

            La sede de dicha cofradía estaría, como no podía ser de otra forma, en la capilla de la Misericordia ya que los hermanos de la Caridad no tenían casa propia. Sin embargo, dicho edificio debía estar en obras porque se decía que, si no estuviese acabado de hacer, residieran en “la parte que eligieren y fuere más conveniente a la dicha hermandad”.

 

 

EL INTENTO DE FUSIÓN CON LA CARIDAD DE SEVILLA


            Años después se dio un curioso suceso que no fue otro que la pretensión de la cofradía carmonense de la Caridad y Misericordia de fusionarse con su homónima sevillana. Los hermanos de Carmona pretendían, en función del vínculo de confraternidad y unión que la cofradía de la Santa Caridad de Carmona poseía desde 1669, que “ambas casas quedasen en un cuerpo unidas”. La pretensión no tenía muchos precedentes en esos momentos porque si bien eran frecuentes las fusiones de hermandades ubicadas en la misma parroquia, o a lo sumo en la misma villa o ciudad, las realizadas entre corporaciones radicadas en distintas ciudades no era en absoluto usual. Parecía una situación difícil o imposible de llevarse a cabo en esa época. Pero estaba claro que los carmonenses se movían probablemente por el interés de unirse a una casa muy prestigiosa socialmente y muy bien dotada económicamente. Mucho más improbable es que lo hicieran, con una mentalidad inusual en su época, por buscar una mayor eficiencia en el cometido de dos casas que desarrollaban tareas similares.

            La oposición de los hermanos de Sevilla fue tajante y contundente: "no podían condescender a lo que proponía la venerable hermandad de la ciudad de Carmona". Según decían se había entendido mal el concepto de confraternidad que, desde 1673, había establecido la hermandad sevillana con otras corporaciones similares de la provincia. Al parecer esta confraternidad solo hacía referencia a la libertad de los hermanos de las distintas corporaciones firmantes de acudir a las funciones públicas de la otra. Concretamente especificaban que la confraternidad entre la hermandad de Sevilla y Carmona solo pretendía:

 

 

            “Recibir a los hermanos de la referida hermandad a la confraternidad que piden de tal suerte quede hecha esta unión, que los hermanos de una casa puedan asistir recíprocamente en las funciones públicas y ejercicios de la otra, según lo acostumbramos con las demás casas unidas a ésta, como son Alanila, Utrera, Carmona, Las Cabezas, haciéndolos participar de todas las obras, ejercicios e indulgencias de ésta en la forma que podemos por derecho y que se siente en los libros, mediante quedar los hermanos de aquella por de ésta para ganar las gracias e indulgencias lo cual hacemos para siempre jamás. Y estas propias son las contenidas en el de mil seiscientos setenta respectivo a la venerable de la ciudad de Carmona como se ve de la referencia que hace”.

 

 

            Finalmente, alegaban que era injusto para las otras hermandades filiales, con las que también se habían establecido lazos de confraternidad, que en el caso de Carmona se entendiese de una forma diferente. Sin embargo, a nuestro juicio la situación no era la misma porque la de la Caridad de Carmona se fundó en 1670 en unas circunstancias muy especiales y, da la impresión por los documentos conservados, que plenamente ligada y dependiente de la sevillana.

            Sea como fuere, lo cierto es que los hermanos de Sevilla no condescendieron ni consintieron tal propuesta de la cofradía carmonense, quedando el intento de fusión en papel mojado.

 

 

APÉNDICE DOCUMENTAL

 

            Aprobación de la fusión entre las hermandades de la Misericordia y de la Santa Caridad (1670).

 

            “Licenciado don Gregorio Bastan y Arostegui, provisor y vicario general de esta ciudad de Sevilla y su arzobispado, por el ilustrísimo y reverendísimo señor don Ambrosio Ignacio Espínola y Guzmán, mi señor arzobispo de esta dicha ciudad y arzobispado de Sevilla, del Consejo de Su Majestad, por cuanto por parte de las cofradías y hermandades de la Santa Misericordia y de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo de la ciudad de Carmona se ha presentado ante mi cierta escritura de concordia por la cual parece que las dichas dos hermandades y cofradías pretenden quedar para desde hoy en adelante para siempre jamás reducidas, agregadas y consolidadas en una y los hermanos de ellas por de una misma hermandad, conferido el título de Misericordia y Caridad de Jesucristo, y obligados a guardar la regla y estatutos de la de la Santa Caridad, ejercicios y buenas obras como de la dicha escritura parece, cuyo tenor es como se sigue:

            In Dei nomine amen, por el tenor del presente público instrumento sea notorio y manifiesto como en la Muy Noble y Muy Leal ciudad de Sevilla, a los dos días del mes de julio del año del nacimiento de nuestro salvador Jesucristo de mil seiscientos y setenta, indiecion octava y del pontificado de nuestro muy Santo Padre Clemente por divina providencia Papa décimo, año primero, en presencia de mi el notario público apostólico y de los testigos infrascritos personalmente constituidos, de la una parte, los seglares don Martín Barba de la Milla, don Alonso Antonio de Armijo Tamariz, vecinos de la ciudad de Carmona, estantes al presente en esta ciudad, hermanos de la cofradía de la Santa Misericordia de la dicha ciudad de Carmona, en nombre y en voz del prioste y hermanos de esta dicha cofradía y en virtud del poder que les otorgaron, ante Alonso María, notario apostólico de la dicha ciudad, su fecha en ella en veintinueve de junio de dicho año, y de la otra parte, el licenciado don Francisco Rodríguez Bordas, presbítero beneficiado propio de la iglesia parroquial del señor san Pedro de la dicha ciudad, consiliario de la hermandad de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo que nuevamente se ha erigido y fundado en la dicha ciudad de Carmona y Juan de Cifontes Lobo, hermano de la dicha hermandad y residente en dicha ciudad, en nombre y en voz de los alcaldes y hermanos de la dicha hermandad de la Santa Caridad y en vista del poder que les dieron y otorgaron, ante Juan Caro Almagro, notario apostólico de la dicha ciudad, su fecha en ella en primero día de este mes de julio que todas las dichas partes me entregaron los dichos poderes para los insertar en esta dicha escritura y son del tenor siguiente:

            In nomine Dei amen, en la Muy Noble y Muy Leal ciudad de Carmona, en veinte y nueve días del mes de junio de mil seiscientos y setenta años, por ante mi el notario apostólico y testigos, el prioste y hermanos de la cofradía de la Santa Misericordia o Caridad de esta dicha ciudad, estando juntos y congregados como lo han de costumbre es a saber: don Juan de Romera Tamariz, prioste, don López del Álamo, presbítero comisario del Santo Oficio de la Inquisición y beneficiado propio de la parroquial del Señor San Bartolomé de esta ciudad, don Luis Barrasa, presbítero, don Luis de Romera Tamariz, presbítero beneficiado propio de la parroquial del señor San Felipe de esta ciudad, don Antonio Gil Barba de la Milla, clérigo de menores ordenes beneficiado propio de dicha iglesia del señor San Bartolomé, don Juan Tamariz de Bordas y Guzmán, don Alonso Antonio de Armijo Tamariz, don Gonzalo Tamariz Bordas y Guzmán, don Juan de Romera, don Martín de Barcia y Milla, todos hermanos de la dicha hermandad por si y en su nombre y de los demás hermanos que de ella son hasta el día de hoy y serán en adelante por quien prestaron bastante voz que estarán y pasarán por lo que aquí será contenido y en su virtud se hiciere y otorgare y a la dicha voz obligaron sus caudales y rentas de la dicha cofradía de un acuerdo y conformidad y que por cuanto la fundación de dicha cofradía fue con obligación de que el prioste y hermanos de ella acudiesen a enterrar los cuerpos de los pobres de solemnidad que fallecieren en esta ciudad y su término y acompañar hasta el suplicio a los que por la justicia Real de Su Majestad mandasen ajusticiar y enterrar sus cuerpos y dar en cada un año por el día de Sábado Santo a los pobres de la collación de Santiago de esta ciudad una limosna de pan y carne y por el Ilustrísimo señor don Ambrosio Ignacio Espínola y Guzmán, arzobispo de la ciudad de Sevilla, del Consejo Real de Su Majestad fue servido de mandar se fundase en esta ciudad dicha hermandad de Caridad por tener su ilustrísima noticia estaba fundada la dicha cofradía de la Misericordia y Caridad y porque por obviar algunos inconvenientes que se pueden recrecer los dichos priostes y hermanos de la santa Misericordia y Caridad están conformes con los hermanos de la santa Caridad nuevamente fundada en que se agregasen de la santa Misericordia para que estén incorporados juntas y consolidadas y se cumpla con las obligaciones de su fundación todo lo cual ha de ser con beneplácito de su señoría Ilustrísima y para que tenga efecto otorgaron que daban y dieron todo su poder cumplido el cual de derecho se requiere y es necesario a los señores don Alonso Antonio de Armijo Tamariz y don Martín Barba de la Milla, hermanos de la dicha cofradía de la Santa Misericordia, dieron poder especial para que ambos y no el uno sin el otro puedan parecer y parezcan ante su señoría ilustrísima y pidan y supliquen que se sirva de mandar se haga la dicha agregación de la dicha hermandad de la santa Caridad nuevamente fundada a la dicha cofradía de la Misericordia o Caridad con la obligaciones, cargos e institutos que constan en la fundación de dicha cofradía de la Santa Misericordia y con las demás que tiene o tuviere la dicha hermandad de la santa Caridad, nuevamente fundada, y las que su ilustrísima fuere servido de mandar añadir que fueren convenientes para su confección y aumento.

            Para todo lo cual los dichos señores otorgantes, por si y en el dicho nombre, resignaron su voluntad en la de su señoría ilustrísima y que para ello mande se despachen las letras y demás despachos que para la dicha agregación se requieren... y los señores otorgantes, a quien yo el notario doy fe conozco, lo firmaron, siendo testigos Juan Sánchez Carreño, Manuel Rodríguez y Diego de Santiago, vecinos de Carmona. Don Juan de Romera Tamariz, don Luis de Romera Tamariz, don Martín Barba de la Milla, Luis Barrasa, don Gil Antonio Barba de la Milla, Don Pedro López Álamo, ante mi Alonso Macías, notario.

            En el nombre del muy alto Dios todopoderoso que vive y reina por siempre y sin fin amen y de la bienaventurada siempre Virgen María Madre de Dios, señora nuestra, concebida sin mancha de pecado original en el primer instante de su ser, sea notorio a cuantos vieren esta carta como en la Muy Noble y Muy Leal ciudad de Carmona en primero día del mes de julio de mil seiscientos y setenta, estando en la iglesia parroquial del señor San Pedro de esta ciudad, juntos y congregados como lo han de uso y costumbre los alcaldes y hermanos de las hermandades de la Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo siendo llamados a son de campana tañida, conviene a saber: el licenciado Gregorio Alanís y Lara, cura de dicha iglesia, y Francisco Blasco del Vado, escribano público del número de esta ciudad y ambos alcaldes de la dicha hermandad, Bartolomé Canelo, mayordomo, el licenciado Juan Ruiz de Santaella, presbítero cura de dicha iglesia, secretario, Gaspar del Castillo, fiscal, el licenciado Fernando Romero, el licenciado Diego Nuño, el licenciado Juan Moreno, el licenciado Juan Martín, presbíteros consiliarios, el licenciado Bartolomé de Ávila, el licenciado Martín de Ávila, presbíteros, el reverendo padre fray Fernando Gómez, predicador y religioso del Orden de nuestro padre San Agustín, don Alonso de la Plata, consiliario, Antonio Murillo, escribano del cabildo y consiliario, Juan de Cifontes, Teodomiro de Cifontes y Sarmiento, escribano público y del número de esta dicha ciudad, Juan Caro de Almagro, Francisco de Aguilar, Francisco Serrano, Manuel Gómez, todos hermanos de la dicha santa hermandad por si y en nombre de los demás hermanos de la dicha santa hermandad, presentes y ausentes que hoy son y serán de aquí adelante de dicha santa hermandad por quien prestaron voz y caución de rato en forma de que estarán y pasarán por lo que aquí será contenido y no lo contradirán en manera alguna, antes lo ratificarán y aprobarán, y a manera de fianza obligaron los bienes de dicha hermandad habidos y por haber y todos unánimes y conformes en presencia de mi el presente notario y testigos de yuso escritos dijeron que por cuanto, habiéndose fundado dicha santa hermandad en esta ciudad, unida y agregada con la misma de la ciudad de Sevilla, por el prioste y hermanos de la santa Misericordia de esta ciudad se pretendió haber y hacer y cumplir algunas de las obligaciones de esta santa hermandad sobre que acudieron al ilustrísimo y reverendísimo señor don Ambrosio Ignacio de Espínola y Guzmán, arzobispo de la ciudad de Sevilla, del Consejo de Su Majestad y su provisor en su nombre, en orden a lo cual fueron ganados diferentes mandamientos por una y otra parte y ahora por parte de la hermandad de la santa Misericordia se ha entendido el que dicha hermandad y cofradía se agrege con ésta de la santa Caridad y que se guarden y cumplan su regla, capítulos e institutos de dicha santa hermandad, por estar confirmada y aprobada por el Ilustrísimo y reverendísimo señor arzobispo de esta dicha ciudad de Sevilla y para confirmación de dicha unión, deseando estar al mayor servicio de Dios nuestro señor y que permanezca con toda paz y quietud y en aquella vía y forma que mejor puedan y haya lugar de derecho de un acuerdo y conformidad otorgaron y conocieron que daban y dieron todo su poder cumplido cuan bastante de derecho se requiere y es necesario a los señores don Miguel de Mañara Vicentelo de Leca, caballero del orden de Calatraba, hermano mayor de la santa Caridad de la ciudad de Sevilla y vecino de ella, y al licenciado don Francisco Rodríguez Bordas, presbítero beneficiado propio de la dicha iglesia del señor San Pedro de esta ciudad y consiliario de esta dicha santa Caridad de esta dicha ciudad, y a Juan de Cifontes y a cada uno insolidum y especialmente para que en nombre de la dicha santa Hermandad puedan conferir con el ilustrísimo y reverendísimo señor don Ambrosio de Espínola y Guzmán, arzobispo de la dicha ciudad de Sevilla y el reverendo provisor de su arzobispado en su nombre, y con la disposición que pareciere por parte de la Santa Misericordia de esta dicha ciudad y con las demás personas que convengan todos los capítulos, calidades y disposiciones necesarias en orden a la perfecta unión de dichas dos hermandades y que se consiga para el mayor servicio de Dios Nuestro señor... Y los otorgantes que yo el escribano doy fe que conozco lo firmaron, siendo testigos Miguel Sánchez, Jacinto del Real y Juan Castellanos, vecinos de esta dicha ciudad...

            Y usando de los dichos poderes dijeron que las dichas dos hermandades sobre sus ejercicios han tenido algunas diferencias una con otra sobre que se han seguido algún litigio ante el señor provisor y vicario general de esta dicha ciudad y arzobispado de Sevilla en que se hicieron algunos autos y se despacharon mandamientos como de los autos consta a que se refieren y por quitarse del dicho litigio y juzgar ser más deservicio de Dios nuestro señor la paz unión y conformidad entre las dichas dos hermandades y que estén juntas y hechas un cuerpo para siempre jamás: están de acuerdo de la dicha unión y dieron los dichos poderes para que sobre esto se otorgue escritura en razón de la dicha agregación y unión.

            Y los dichos señores otorgantes quieren hacerlo así y, poniéndolo en efecto por esta presente carta, en voz y en nombre de las dichas cofradías de la santa Misericordia y de la santa Caridad de nuestro señor Jesucristo y en virtud y fuerza de los dichos sus poderes hacen, juntan y agregan a la cofradía y hermandad de la Misericordia la dicha hermandad de la santa Caridad; y a la dicha hermandad de la Santa Caridad la cofradía y hermandad de la Misericordia para que ambas desde hoy en adelante para siempre jamás estén juntas y sean un cuerpo y una misma hermandad y cofradía en el uso y ejercicio de sus oficios, ejercicios y santas obras de caridad y administración de bienes y demás obras pías que cada uno de por si tenía antes de esta agregación para que corra con título de la hermandad de la Misericordia y Santa Caridad de Nuestro Señor Jesucristo sin que se puedan dividir ni apartar una hermandad de otra ni los títulos de ella: y que los ejercicios y ocupaciones que cada una de por si tenía estén juntos, gobernados y ejecutados por unos ministros sin que se pueda ir ni venir contra ella por ninguna causa ni razón que sea y así se ha de gobernar por un cuerpo sólo y sola una hermandad y que el gobierno y administración de hacienda, oficios y elecciones han de ser conforme lo dispone la regla de la hermandad de la Santa Caridad que está aprobada por su ilustrísima el señor don Ambrosio Ignacio Espínola y Guzmán, Arzobispo de Sevilla del Consejo de Su Majestad, sin exceder de ella en cosa alguna ni en el numero que la gobiernan que son veintiuno y con condición que han de cesar los oficios de hermano mayor de la Caridad y Prioste de la Misericordia, quedando a cargo de su ilustrísima el nombrar por esta vez hermano mayor de las dichas dos hermandades unidas para que asista y gobierne de aquí a las elecciones generales que son por el día de pascua de Navidad de este año y que unidos todos en cabildo general nombren todos los oficios del gobierno que como dicho es son veinte y ocho como la regla de la Santa Caridad lo dispone y que para hacer las dichas juntas, cabildos, elecciones y demás ejercicios de la dicha hermandad puedan hacerlos y los hagan con efecto en la capilla de la Misericordia por ser ambas hermandades una y con facultad de que en el interín que la dicha capilla no estuviese acabada o por otra cualquiera razón que sean los puedan hacer en la parte que eligieren  y fuere más conveniente a la dicha hermandad... Y lo aprobé en Sevilla, a 3 días del mes de julio de mil seiscientos y setenta años”.

 

 

ESTEBAN MIRA CABALLOS

0 comentarios